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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Segunda Sala de la Corte Suprema resolvió que el Juzgado de Garantía de Antofagasta seguirá conociendo el caso Democracia Viva, que abarca las aristas Democracia Viva, Fibra, Tomarte y Fusupo del Caso Convenios. La disputa de competencia surgió cuando la Corte de Apelaciones de Antofagasta aceptó trasladar el caso al Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, decisión que fue revocada al declararse incompetente este último tribunal. La Suprema basó su fallo en que el primer acto delictivo ocurrió en Antofagasta en julio de 2022.

La Segunda Sala de la Corte Suprema zanjó la contienda de competencia en el denominado caso Democracia Viva, determinando que el Juzgado de Garantía de Antofagasta es el tribunal competente para seguir conociendo la investigación por los presuntos delitos de fraude al Fisco y lavado de activos.

La resolución del máximo tribunal ratifica así que la causa, que reúne las aristas Democracia Viva, Fibra, Tomarte y Fusupo del Caso Convenios, continuará su tramitación en la capital de la región de Antofagasta y no será trasladada a Santiago.

El conflicto jurisdiccional se originó luego de que la Corte de Apelaciones de Antofagasta acogiera una solicitud presentada por las defensas de tres imputados para trasladar los antecedentes al Octavo Juzgado de Garantía de Santiago. Sin embargo, dicho tribunal posteriormente se declaró incompetente, generando una discrepancia que debió ser resuelta por la Corte Suprema.

Para adoptar su decisión, la Segunda Sala recurrió a los artículos 157 y 159 del Código Orgánico de Tribunales, que establecen que, cuando distintas aristas son investigadas conjuntamente, la competencia corresponde al tribunal de la jurisdicción donde se inició el primer hecho con aptitud penal.

En ese sentido, el fallo establece que el primer acto de ejecución ocurrió el 1 de julio de 2022 en Antofagasta, cuando se suscribió el convenio mediante el cual la Seremi de Vivienda de esa región transfirió fondos a la fundación Fusupo.

Según explicó la Fiscalía, la Corte Suprema consideró dicha actuación como el hito fundacional que puso en riesgo el patrimonio fiscal y la función pública, razón por la que resolvió radicar definitivamente la causa en Antofagasta.

Con la decisión, el Ministerio Público consiguió que prevaleciera su postura respecto de la competencia territorial y el caso podrá continuar con la preparación del juicio oral.

Recordemos que la causa mantiene a siete personas acusadas por delitos de fraude al Fisco, mientras que dos de ellas enfrentan además acusaciones por lavado de activos.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)