La Corte Suprema advirtió vacíos en el proyecto que busca agilizar la expulsión de extranjeros, especialmente en el ingreso de la PDI a domicilios y en los casos de personas que mantienen causas penales pendientes.
La Corte Suprema advirtió una serie de vacíos en el proyecto que busca agilizar las expulsiones administrativas de extranjeros, principalmente en el mecanismo que permitirá a la PDI ingresar a domicilios y en los casos de personas que mantienen causas penales pendientes.
Las observaciones están contenidas en un informe enviado el 7 de agosto a la Comisión de Gobierno del Senado sobre la iniciativa que modifica la Ley de Migración y Extranjería. El proyecto se encuentra en tercer trámite constitucional y con urgencia de discusión inmediata.
Proyecto de expulsiones: Suprema pide aclarar algunos puntos
Uno de los cambios establece que la PDI podrá solicitar autorización a un juez de garantía para ingresar al domicilio de una persona con una orden de expulsión, con el objetivo de detenerla y ejecutar la medida. El juez tendrá 24 horas para resolver y la autorización solo permitirá revisar el domicilio para encontrar y aprehender a esa persona.
La Suprema, sin embargo, advirtió que el proyecto no establece qué antecedentes deberá presentar la policía para acreditar que el extranjero efectivamente se encuentra en ese lugar.
“Pareciera fundamental que la ley resuelva este aspecto”, sostiene el informe, advirtiendo que, de lo contrario, la decisión “quedará sujeto a la interpretación de cada juez”, lo que podría generar distintas exigencias y afectar la eficiencia de la medida.
Además, observó que la iniciativa entrega esta nueva atribución a los juzgados de garantía, pero no la incorpora expresamente entre sus competencias ni regula en detalle cómo deberá tramitarse la solicitud.
“De prosperar la iniciativa, se advierte que el proyecto guarda silencio sobre aspectos procedimentales clave”, advierte el oficio.
Expulsión de extranjeros con causas penales
El proyecto también busca facilitar la expulsión de extranjeros en situación migratoria irregular que estén formalizados, acusados o requeridos por un simple delito.
En estos casos, el Servicio Nacional de Migraciones podrá pedir al tribunal que autorice una expulsión inmediata, previa consulta al Ministerio Público para determinar si la salida de la persona puede perjudicar una investigación penal.
Si la expulsión es autorizada, la causa quedará sobreseída temporalmente. Y si el extranjero cumple el período de prohibición de ingreso a Chile sin regresar al país, se decretará posteriormente el sobreseimiento definitivo.
La Corte valoró que las modificaciones realizadas en el Senado simplifiquen y hagan más rápido este procedimiento, pero detectó un problema: el mecanismo se parece a una suspensión condicional del procedimiento sin incorporar todas las garantías propias de esa salida alternativa.
Entre ellas, el informe destaca que el proyecto no regula qué ocurrirá con los intereses de las víctimas antes de que una causa termine definitivamente debido a la expulsión del imputado.
“… omite regular aspectos relevantes, como la consideración de los intereses de la víctima o las demás condiciones que normalmente integran este tipo de salidas alternativas”, releva.
Apelaciones ante la Corte Suprema
En cambio, el máximo tribunal evaluó positivamente que el proyecto incorpore expresamente en la ley la posibilidad de apelar ante la Corte Suprema las decisiones sobre reclamaciones de expulsión.
Ese procedimiento ya existe, pero actualmente está regulado mediante un Auto Acordado de la propia Suprema. La iniciativa busca darle reconocimiento legal y establecer plazos acotados para su resolución.
La Corte considera que el proyecto avanza hacia expulsiones más expeditas, pero pide corregir los vacíos sobre el ingreso a domicilios y compatibilizar mejor la expulsión de extranjeros imputados con las reglas del proceso penal.
Enviando corrección, espere un momento...