La Cámara de Diputadas y Diputados abordó en tercer trámite el proyecto que perfecciona el sistema de expulsión administrativa, derivándolo a comisión mixta tras rechazarse una de las enmiendas introducidas por el Senado. La norma rechazada refirió a la eliminación, de parte del Senado, de la propuesta de la Cámara de fijar un plazo mínimo de prohibición de ingreso de personas expulsadas de cinco años, ya que la ley vigente define dicho plazo en tres años.
El resto de las disposiciones, en tanto, se respaldaron con amplio apoyo, pese a las votaciones separadas planteadas desde la oposición.
Las modificaciones del Senado abarcaron tanto materias de forma como de fondo, lo que implicó la eliminación de algunas normas, como el procedimiento de control ante la Corte de Apelaciones, y la introducción de nuevos artículos, por ejemplo, para regular el proceso de notificación.
Conforme a las enmiendas aplicadas, el texto define la expulsión inmediata de la persona que tenga una resolución de prohibición de ingreso o una orden de abandono o expulsión firme y ejecutoriada, que se encuentre decretada. La normativa permite al Servicio Nacional de Migraciones exigir información a toda persona, natural o jurídica, o funcionario público, para recabar el nombre completo, domicilio y correo electrónico de extranjeros en situación migratoria irregular, con el objetivo de notificar resoluciones en procedimientos administrativos de expulsión, exceptuando de esta norma a niños, niñas y adolescentes y establecimientos educacionales y de salud.
Toda medida de expulsión permanecerá vigente y surtirá todos sus efectos desde el momento en que es decretada y hasta que se ejecute efectivamente, y solo podrá dejarse sin efectos por causas legalmente establecidas y debidamente fundadas. Además, se dota al subsecretario del Interior de la facultad de decretar la expulsión de extranjeros, no solo en casos fundados en la seguridad interior o exterior, sino también por razones de orden público.
Igualmente, se autoriza a la Policía de Investigaciones (PDI), a través de su jefe nacional de Migraciones y Policía Internacional, o la autoridad regional de la policía que designe, a solicitar por escrito al juez de garantía competente que autorice el ingreso al domicilio donde se encuentra la persona en contra de quien se decretó la medida de expulsión, para efectos de aprehenderla. Junto a lo anterior, se define un plazo de 24 horas para que el juez se pronuncie y se regula los contenidos de la resolución, así como las exigencias a los funcionarios policiales que realicen el procedimiento.
Otros procedimientos de expulsión
Tratándose de un extranjero en condición migratoria irregular respecto del cual se haya formalizado la investigación o éste se encuentre acusado o requerido por simple delito, el Servicio Nacional de Migraciones podrá solicitar autorización al tribunal competente para llevar a cabo la medida de expulsión de manera inmediata. Previo a realizar tal solicitud deberá requerir al Ministerio Público que informe si la expulsión inmediata de la persona afectará alguna investigación en curso que involucre un interés prevalente para la persecución penal, información que será proporcionada por el organismo en no más de cinco días. Si transcurrido el plazo no se da respuesta a la consulta formulada, se procederá a solicitar la autorización referida.
También se determina que el plazo de prohibición de ingreso dictado por el subsecretario del Interior será de entre cinco y diez años. Adicionalmente, se limita al afectado la posibilidad de reclamación de la medida de expulsión, restando la opción de representación, y se reduce de diez a cinco días corridos el plazo para efectuar el trámite. La declaración de admisibilidad de la Corte de Apelaciones respectiva suspenderá la ejecución de la orden de expulsión.
Por último, entre otras normas, se define el sistema de notificación que ejecutará la PDI y se introduce un mecanismo de notificación tácita, que se aplicará cuando el afectado presente alguna reclamación ante tribunales por una posible afectación arbitraria de sus derechos y garantías.
El proyecto proponía tres años de prohibición de ingreso, la Cámara lo subió a cinco, el Senado lo devolvió a tres y la Cámara lo rechazó. Por lo tanto, el proyecto se debatirá ahora en Comisión Mixta.