VER RESUMEN

Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Diputados presentan requerimiento de inconstitucionalidad ante Tribunal Constitucional a ley que endurece medidas contra consumo de marihuana. Se cuestiona la inclusión del daño potencial de la sustancia como criterio para aplicar penas de tráfico, lo que podría afectar a consumidores o pacientes medicinales. Se argumenta que la norma vulnera garantías constitucionales y se critica la falta de protocolos de implementación. Grupo de parlamentarios, mayoritariamente del Frente Amplio y Partido Comunista, firma la presentación.

Un grupo de 37 diputados opositores ingresó al Tribunal Constitucional (TC) un requerimiento para impugnar la nueva norma que eleva las sanciones por pequeñas cantidades de droga. La acción, liderada por Ana María Gazmuri, advierte riesgos para pacientes medicinales y acusa una eventual criminalización de consumidores. Ahora el TC deberá resolver si admite a trámite la presentación y si suspende o no la promulgación del proyecto.

Justo cuando el consumo de marihuana a toda hora del día, en las afueras de colegios, universidades, malls, empresas e incluso hospitales, aparece desbordado y a plena vista, un grupo de diputados presentó un requerimiento de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional a la ley que apuntaba a poner mano dura.

El escrito, al que tuvo acceso Radio Bío Bío, está fechado el 13 de abril y fue ingresado a las 20:23 horas. A través de esa acción, un bloque de parlamentarios busca frenar una de las reformas más severas a la Ley 20.000 sobre drogas aprobadas por el Congreso.

La ofensiva constitucional apunta contra el numeral 1 del artículo único del proyecto refundido de los boletines 15.347-07 y 16.430-07, iniciativa que modifica la actual legislación para permitir que, incluso tratándose de “pequeñas cantidades”, se apliquen penas asociadas al tráfico ilícito cuando la sustancia sea considerada capaz de generar “graves efectos tóxicos o daños considerables a la salud”.

En términos simples, la reforma cambia el eje histórico de la ley, ya que no solo importará la cantidad incautada, sino también el daño potencial de la sustancia. Y ese punto encendió las alarmas entre sectores opositores y grupos que promueven la regulación del cannabis, que ven en esta redacción una puerta abierta para castigar como traficantes a consumidores o pacientes medicinales.

La tesis central del requerimiento

La presentación sostiene que el problema no es solo el aumento de penas, sino que la norma “no deja fuera los actos preparatorios para el consumo personal permitido del cannabis”, ya sea para uso personal o medicinal, reconocidos, afirman, en los artículos 4° y 8° de la Ley 20.000.

Los requirentes plantean que existe un vacío operativo: aunque la legislación vigente contempla excepciones para el consumo personal y tratamientos médicos, en la práctica muchas personas siguen siendo allanadas, detenidas y procesadas.

El documento lo expresa de este modo: “personas que son consumidoras y que se encuentran amparadas por las normas justificatorias (…) son igualmente perseguidas, allanadas, detenidas y procesadas”. Y agrega otra advertencia: “no es posible avanzar en un aumento de penas significativo, si no hay protocolos y procedimientos de implementación de las normas ya vigentes”.

Cannabis y fentanilo en la misma discusión

Uno de los argumentos más sensibles del escrito apunta a que la discusión legislativa estuvo marcada por el combate a sustancias de altísima peligrosidad, como el fentanilo, carfentanilo, metanfetamina o ketamina, pero que la redacción final podría terminar impactando también al cannabis debido a clasificaciones reglamentarias aún vigentes.

Según el requerimiento, el Decreto 867 del Ministerio del Interior todavía ubica al cannabis dentro del listado de drogas con graves efectos tóxicos, pese a que desde 2015 otras normas sanitarias reconocieron usos terapéuticos y permitieron medicamentos derivados de la planta.

La presentación resume esa contradicción: por un lado, se permite el expendio de fármacos con componentes del cannabis; por otro, se mantiene a la sustancia en una categoría de máxima peligrosidad.

Los derechos constitucionales invocados

El requerimiento afirma que la norma vulnera al menos seis garantías constitucionales: el derecho a la vida e integridad física y psíquica, la igualdad ante la ley, el principio de proporcionalidad, el derecho a la vida privada, el derecho a la honra y la inviolabilidad del hogar.

Los diputados sostienen que el endurecimiento penal puede generar un “efecto inhibitorio” en personas que utilizan cannabis con fines médicos. El documento advierte que ello “puede llevar a pacientes a abandonar tratamientos, afectando su salud física y mental”.

También cuestionan que conceptos como “graves efectos tóxicos” queden parcialmente entregados al reglamento o a interpretaciones judiciales. A juicio de los firmantes, eso permitiría que una persona sea considerada consumidora en un tribunal y traficante en otro.

El escrito acusa, además, que aplicar penas de tráfico a pequeñas cantidades rompe la lógica penal. Lo resume así: se estaría castigando “con la misma intensidad dos conductas que tienen niveles de lesividad social radicalmente distintos”.

Vida privada y autonomía

Los requirentes defienden que el consumo personal pertenece a la esfera privada. Por eso, sancionar con mayor dureza el porte o el autocultivo para uso propio sería, a su juicio, una intromisión estatal excesiva.

La presentación también advierte que investigaciones por tráfico, aun cuando terminen sin condena, pueden provocar daño reputacional.

Otro punto sensible es el efecto práctico de la norma: un eventual aumento de investigaciones intrusivas. El texto menciona entradas y registros domiciliarios, especialmente en casos de autocultivo.

La reserva hecha en la Cámara

El documento recuerda que, durante la votación particular en la Cámara de Diputadas y Diputados, el 23 de marzo de 2026, la diputada Ana María Gazmuri (Acción Humanista) dejó constancia formal de una reserva de constitucionalidad.

Quiénes firmaron la presentación

Entre los firmantes del requerimiento destaca una presencia mayoritaria del Frente Amplio, colectividad que aportó a Emilia Schneider, Matías Fernández, Ericka Ñanco, Ignacio Achurra, Javiera Morales, Lorena Fríes, Carolina Tello, Francisca Bello, Jorge Brito, Gael Yeomans, Consuelo Veloso, Jaime Bassa, Félix Bugueño, Gonzalo Winter y Andrea Macías. A ellos se sumaron independientes vinculados al mismo sector, como Roberto Celedón.

Otro bloque relevante corresponde al Partido Comunista, con las firmas de Sofía González, Irací Hassler, Boris Barrera, Nathalie Castillo, Daniela Serrano, Marcos Barraza, Lorena Pizarro y Luis Cuello. También adhirieron independientes asociados a esa tienda, entre ellos Bernardo Salinas, Marisela Santibáñez y Gustavo Gatica.

Desde el Partido Socialista de Chile participaron Emilia Nuyado, Juan Santana y José Antonio Rivas, además de Carolina Cucumides como independiente cercana a ese sector. En tanto, el Partido por la Democracia estuvo representado por Fernando Zamorano y Héctor Ulloa.

La nómina se completa con representantes de otras fuerzas del oficialismo y la centroizquierda. Por el Partido Liberal de Chile firmaron Luis Malla y José Montalba, mientras que por la Democracia Cristiana lo hizo Priscilla Castillo. A ello se agrega la participación de Ana María Gazmuri, referente de Acción Humanista y una de las principales impulsoras de la presentación ante el Tribunal Constitucional.

Qué pasará ahora en el Tribunal Constitucional

El procedimiento abre varias etapas relevantes. Primero, la revisión de admisibilidad. El TC deberá verificar si se cumplieron los requisitos formales, entre ellos el plazo, la legitimación activa, la reserva previa y que exista un objeto impugnable.

Luego, si la presentación supera ese filtro, vendrá la admisión a trámite. En ese escenario, la causa se tramitará formalmente y el tribunal podrá pedir antecedentes al Congreso y eventualmente al Ejecutivo.

Después vendrán los alegatos y la deliberación del Pleno, instancia en la que las partes expondrán sus argumentos.

Finalmente, el Tribunal Constitucional dictará sentencia. Puede rechazar el requerimiento o acogerlo total o parcialmente. Si lo acoge, la norma impugnada no podrá convertirse en ley en esos términos.