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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Autoridades de EE.UU. detuvieron a Rafael Gámez Salas, acusado de liderar "Los Piratas" en Chile y estar vinculado al asesinato de Ronald Ojeda. La detención se hizo en California tras solicitud de extradición de Chile. Gámez supervisaba delitos, ordenaba crímenes y enviaba ganancias al extranjero. El grupo secuestró a Ojeda, que fue hallado asesinado con signos de tortura y desmembramiento. Gámez ya tenía antecedentes en EE.UU.

Autoridades de Estados Unidos detuvieron al ciudadano venezolano Rafael Enrique Gámez Salas, de 40 años, requerido por Chile para enfrentar cargos vinculados a secuestros, extorsiones y homicidios presuntamente cometidos como líder de “Los Piratas”. Entre ellos, el crimen de Ronald Ojeda.

La detención se concretó el miércoles en el Distrito Central de California, luego de que el país norteamericano recibiera la solicitud de extradición presentada por Chile.

Gámez Salas es acusado de dirigir diversas actividades delictivas en territorio chileno, entre ellas extorsiones y secuestros, uno de los cuales terminó con el asesinato del exteniente del Ejército venezolano en Santiago, Ronald Ojeda.

De acuerdo con el Departamento de Justicia estadounidense, el imputado —también conocido como “Adrian Rafael Gamez Finol” y “Turko”— habría supervisado las operaciones, coordinando delitos y ordenando a sus subordinados obtener recursos para ejecutar crímenes y enviar ganancias al extranjero.

Secuestro y asesinato de exmilitar venezolano

Según la investigación citada por las autoridades estadounidenses, el caso más grave ocurrió en febrero de 2024, cuando miembros del grupo llegaron durante la noche al edificio donde residía Ojeda en Santiago.

Los sujetos, armados y movilizándose en un vehículo con luces azules para simular ser funcionarios de la PDI, habrían forzado el ingreso al departamento para sacar a la víctima del inmueble y trasladarlo en un automóvil.

Aproximadamente una semana después, el cuerpo fue hallado. La víctima estaba enterrada a más de un metro de profundidad bajo una losa de concreto, dentro de una maleta y cubierta con cal en una vivienda improvisada en otro sector de la capital.

La autopsia determinó que la causa de muerte fue asfixia por ahorcamiento. Además, el cadáver presentaba signos de tortura y lesiones compatibles con suspensión por las extremidades superiores, así como desmembramiento parcial posterior a la muerte.

La investigación también indica que el secuestro y homicidio habrían sido ordenados por líderes del Tren de Aragua desde el extranjero, y que el pago asociado al crimen debía realizarse fuera de Chile.

Antecedentes en Estados Unidos

El venezolano ya tenía antecedentes en Estados Unidos. Según lo reportado por el Gobierno de dicho país, en 2023 fue deportado a Venezuela tras ingresar ilegalmente al país, pero posteriormente volvió a entrar de forma irregular.

En 2025 fue condenado en Texas por tráfico de personas y también se declaró culpable de reingreso ilegal a territorio estadounidense.

Mientras cumplía esa condena en una prisión del Distrito Central de California fue detenido nuevamente, esta vez en virtud de la orden de extradición solicitada por Chile.

Por su parte, desde la Fiscalía de Chile, ante consultas por la detención de “el turko”, que esto se enmarca en un proceso de extradición solicitada anteriormente por el Ministerio Público.

Lo anterior, en medio de la investigación de la Fiscalía ECOH, siendo el detenido sindicado como autor del secuestro con homicidio de Ronald Ojeda y asociación criminal “Piratas de Aragua”.

“La detención se materializó una vez que el imputado cumplió condena por un delito migratorio en EEUU. Ahora pasa a manos de la justicia criminal de dicho país, a la espera de su extradición a Chile en virtud de los plazos establecidos“, explicaron.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)