El debate por el proyecto de conmutación de penas escaló con fuerza luego de que el vocero de campaña de José Antonio Kast, el diputado republicano José Carlos Meza, defendiera públicamente la idea de otorgar beneficios humanitarios incluso a condenados por delitos especialmente graves, como violación de menores o crímenes de lesa humanidad.
Sus declaraciones reactivaron la controversia en torno a un proyecto de ley presentado por un grupo de senadores y que actualmente se encuentra en tramitación.
La iniciativa, firmada por los senadores Luz Ebensperger, Francisco Chahuán, Luciano Cruz-Coke, Alejandro Kusanovic y Carlos Kuschel, busca permitir que tribunales suspendan o reemplacen penas de cárcel por reclusión domiciliaria total en casos de enfermedad, discapacidad o edad avanzada.
En el oficialismo, incluso, ven esta propuesta como una jugada encubierta para liberar a reos de la hoy ex Punta Peuco. Sin embargo, podría tener alcances mayores.
Por ahora, el polémico proyecto continúa su tramitación en general en el Senado y la Comisión de Derechos Humanos ya emitió un primer informe al respecto. De avanzar en el Senado, pasará a la Cámara, a segundo trámite.
Conmutación de penas: el proyecto y el foco de la polémica
De acuerdo al proyecto que “Regula la suspensión y el cumplimiento alternativo de penas privativas de libertad, para condenados que indica”, (Boletín 17.370), se eleva a rango legal algunos principios penitenciarios como la obligación del Estado de mitigar los efectos dañinos del encierro, garantizar tratamiento médico y permitir que un interno terminal pueda morir fuera de la cárcel.
Con esos principios, crea dos mecanismos:
Primero, la suspensión temporal de la pena cuando el condenado tenga una enfermedad mental, padezca una condición que implique riesgo vital dentro de la cárcel o presente un deterioro físico incompatible con la infraestructura penitenciaria.
Y, segundo, la reclusión domiciliaria total por el resto de la condena, aplicable a internos con enfermedades crónicas que no puedan tratarse adecuadamente en prisión, enfermedad terminal, discapacidad que implique trato inhumano en la cárcel, o 70 años o más, cuando su edad sumada a los años ya cumplidos en prisión llegue a 80.
El beneficio exige informes médicos del Ministerio de Salud y monitoreo de Gendarmería, pero no establece exclusiones por tipo de delito, lo que encendió aún más la controversia.
“Personas que por su enfermedad grave o terminales en conjunto con su edad y estando en reclusión, porque esto pasa a ser más una tortura inhumana que un castigo o sanción justa. Podrían terminar su vida recluidos en su casa, con su familia”, dijo el senador Alejandro Kusanovic.
Aunque sus autores señalan que el proyecto es para la población penal general y se basa en criterios humanitarios, en su fundamentación mencionan especialmente a condenados por causas de derechos humanos, que representan la mayor proporción de internos de edad avanzada. Este punto ha encendido la discusión pública.
Precisamente, los críticos de la iniciativa advierten que esta podría favorecer a personas condenadas por delitos altamente repudiados, porque el texto no excluye a personas condenadas por delitos sexuales, femicidios, asesinatos o crímenes de lesa humanidad.
Según cifras de Gendarmería, al 30 de junio de 2025, existen 2.518 personas privadas de libertad mayores de 60 años, de las cuales 1.975 están condenadas.
Entre ellas, 403 cumplen penas por violaciones a los derechos humanos, 563 por abuso sexual, 410 por violación, 201 por homicidio y 19 por parricidio.
El Gobierno ha salido a rechazar la idea en varias ocasiones, y uno de ellos fue el ministro del Interior, Álvaro Elizalde, quien la calificó de “aberrante”:
“La propuesta que hace Meza es aberrante. Quienes cometen delitos, particularmente delitos graves, tienen que cumplir la totalidad de sus condenas. El lugar de los criminales es la cárcel”.
También el titular de Justicia, Jaime Gajardo, expuso sus reparos:
“Creo que hoy tenemos las herramientas suficientes para que estas personas cumplan sus condenas y no haya impunidad en nuestro país”, dijo, enfatizando en que la edad por sí sola no puede ser requisito para la libertad de los condenados.
Violadores y asesinos: los condenados que podrían acceder
Con los criterios del proyecto —que no distingue por tipo de delito— desde el Gobierno han expuesto varios casos altamente conocidos que podrían solicitar la sustitución de su condena.
Uno de ellos es Julio Pérez Silva, el psicópata de Alto Hospicio, condenado a presidio perpetuo calificado por 14 homicidios y a 18 años de cárcel por dos violaciones. Por su edad y su deterioro físico, podría optar al beneficio.
También podría calificar María del Pilar Pérez, conocida como La Quintrala, de 73 años y condenada a presidio perpetuo por múltiples homicidios y delitos planificados.
Otro caso posible es Hugo Bustamante, condenado por el femicidio y violación de Ámbar Cornejo, además de ser homicida reincidente. Al alcanzar la edad requerida en los próximos años, quedaría en condiciones de pedir la sustitución de la pena si cumple los requisitos médicos.
A ellos se suma Miguel Krassnoff, exagente de la DINA, condenado en más de cien causas por delitos de secuestro, tortura y homicidio durante la dictadura, que suman más de 1.000 años de presidio. Por edad y deterioro físico podría solicitar el beneficio, al igual que la mayoría de los internos del ex penal Punta Peuco.
Por ahora, el polémico proyecto continúa su tramitación en general en el Senado.