La Cámara aprobó un proyecto que establece sanciones por el porte injustificado de combustibles durante protestas. En concreto, se establecen multas de 10 a 20 UTM (de $631.990 a $1.263.980) y la posible detención del involucrado. La discusión central estuvo puesta en las posibles penas de cárcel, que hasta ahora irían de de 61 a 540 días.

La Cámara de Diputados aprobó un proyecto que sanciona el porte injustificado de combustibles, aptos para comisión de atentados, durante las reuniones en lugares públicos.

El informe de la Comisión de Seguridad Ciudadana explica que su idea matriz es proteger el derecho a manifestarse pacíficamente. Es decir, busca proteger la integridad de las personas que se manifiestan, de los transeúntes y de las policías.

Para ello, se propone una multa de 10 a 20 UTM (de $631.990 a $1.263.980), siempre y cuando no pueda proporcionarse una explicación razonable para el porte del combustible.

Además, se permite a las policías detener a las personas que incurran en la falta que sanciona este proyecto de ley.

Por último, se plantea una sanción penal en este marco, la que causó diferencias al interior de la Cámara.

Combustibles: diferencias por penas de cárcel

Existieron diversas posiciones en la sala sobre esta iniciativa, aprobada en general por 10 votos a favor, 30 en contra y tres abstenciones.

Parlamentarios del PC y el Frente Amplio afirmaron que se atenta contra la presunción de inocencia y que existe discrecionalidad en el ejercicio de las policías. Por ejemplo, dicen que alguien puede ser detenido por llevar combustible para el uso doméstico.

Otro caso es el de la oposición, que se mostró favorable al proyecto e incluso renovaron una polémica indicación sobre posibles sanciones penales.

En un principio, se quería establecer un castigo de presidio menor en su grado mínimo a medio (de 61 días a 3 años y un día) a quien fuese aprehendido con combustibles, pero esto fue declarado inadmisible.

Sin embargo, se planteó la siguiente alternativa: “El que, en contexto de reuniones en lugares de uso público, portare injustificadamente combustible apto para cometer atentados contra las personas o para ocasionar daño en las cosas, será sancionado con presidio menor en su grado mínimo (de 61 a 540 días)”.

Si bien esta alternativa fue aprobada por 74 votos a favor, 63 en contra y seis abstenciones, el Ejecutivo hará reserva de constitucionalidad.