La moción impulsada por el senador Alejandro Kusanovic apunta a generar una instancia de rendición intermedia en el marco del período de 8 años que tiene el Fiscal Nacional.

Este lunes, parlamentarios presentaron un proyecto de reforma constitucional que busca que el Fiscal Nacional rinda cuentas y sea ratificado en el cargo por el Senado, en la mitad de su periodo legal de 8 años.

En concreto, la moción propuesta “modifica la Constitución incorporando la instancia de rendición de cuentas y de ratificación por un 1/3 de los senadores en ejercicio“.

Esto, con el propósito de “continuar desempeñando el cargo de Fiscal Nacional, sin alterar la prohibición de reelección posterior y el período de duración en el cargo de 8 años”.

En específico, si bien la iniciativa fue impulsada por el senador Alejandro Kusanovic, también cuenta con el patrocinio de parlamentarios de distintas bancadas.

El cargo del Fiscal Nacional

Cabe señalar que la Constitución actual establece que “el Fiscal Nacional sólo puede ser removido por incapacidad, mal comportamiento o negligencia manifiesta en el ejercicio de sus funciones”.

Ante esta normativa, “no existen instancias que permitan obtener resultados para mantenerse en el cargo, dado que no se encuentra sujeto a ninguna evaluación posterior a su nombramiento”.

De acuerdo a los parlamentarios, este proyecto “busca incentivar que el Fiscal Nacional vele por la eficiente e idónea administración de recursos y el debido cumplimiento de sus funciones. Esto, estableciendo un control intermedio al cuarto año, mediante su ratificación por el Senado“.

Lo anterior, porque es esta Sala el “órgano que en definitiva es el encargado de acordar la propuesta del Presidente. Siempre con miras a fortalecer la eficiencia y eficacia en el cumplimiento de sus fines y objetivos que le encomienda la Constitución”.

A juicio del senador Kusanovic, “resulta evidente que los controles que actualmente tiene la Constitución son insuficientes para asegurar que quien dirija el Ministerio Público cumpla adecuadamente sus funciones“.

De esta manera, asegura que la reforma es “un correcto incentivo para que se cumplan adecuadamente. (..) Evaluar y revisar su gestión a la mitad del periodo, ante el escrutinio público y del Senado”, puntualizó.

Finalmente, el texto dispone además que, “de no ser ratificado el Fiscal Nacional para completar su período, se procederá en conformidad a lo previsto en el artículo 87 de esta Constitución. Se nombrará como subrogante, por el solo ministerio de la ley, al Fiscal Regional con mayor antigüedad en el cargo”.