Por 5 votos a favor, uno en contra y una abstención, la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputadas y Diputados, aprobó en general el proyecto de reforma constitucional que establece un beneficio para los pensionados que ejercieran el derecho de anticipo consagrado en la ley.

Para que de esta forma, los pensionados que hayan ejercido el derecho de anticipo consagrado en la Ley 21.330, una vez que hayan pagado el total de las sumas que se le hayan adelantado, volverán a percibir la renta vitalicia mensual originalmente pactada con la aseguradora.

La propuesta nació en dos mociones parlamentarias que surgieron a raíz de un instructivo de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) a las compañías de seguros, para descontar de la renta mensual, de por vida, el mismo porcentaje que los pensionados de rentas vitalicias hayan solicitado como adelanto de sus pensiones.

Cabe destacar que la Comisión de Constitución respaldó la idea de legislar de dos reformas constitucionales refundidas en el marco de los pensionados de rentas vitalicias que hayan retirado el 10% de sus fondos.

El subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro, expuso en la Comisión nuevamente y señaló que hay oposición del Gobierno a la idea, explicando que se ha anunciado por parte de algunas aseguradoras eventuales acciones internacionales en contra del Estado que podrían perjudicarlo.

“Ya se dijo en la discusión de la reforma constitucional que permitió el retiro de los pensionados por renta vitalicia, que esto va a generar una disminución en las pensiones futuras y que, lamentablemente, vemos ahora y reafirmado por la interpretación de la entidad que tiene la facultad administrativa para hacer la interpretación que ese impacto se produce. Lamentablemente, lo que dijimos que iba a ocurrir termino ocurriendo”, remarcó la autoridad.