Esta semana deberían llegar los primeros pacientes al hospital de emergencia dispuesto en Espacio Riesco. Pero nuevas dudas surgen respecto del arriendo del lugar: el contrato aún no habría sido firmado y se conoció que la oferta original era de 562 millones de pesos. El ente de control debió emitir un nuevo oficio para que aclaren el acuerdo con la familia Torres Riesco .

“Hemos confirmado el arriendo de Espacio Riesco, con más de 27 mil metros cuadrados, en donde podemos llegar a instalar hasta 3 mil camas adicionales a nuestro sistema”. Así anunció -con bombos y platillos- el subsecretario de Redes Asistenciales, Arturo Zúñiga, el pasado 17 de marzo, que se recurriría al conocido centro de eventos captalino para emplazar un hospital de emergencia, en medio del avance de la pandemia.

Desde entonces, ha pasado un mes y medio y el Gobierno aún no aclara los términos en los que fue arrendado ni la justificación de porqué se recurrió a este inmueble.

Así quedó consignado en un informe de Contraloría, donde se responde a una solicitud efectuada al organismo de control para que aclare supuestas irregularidades en el arriendo del inmueble, entre ellos posibles conflictos de interés, además de otros cuestionamientos, relacionados precisamente a porqué se optó por un lugar privado.

Pese a que el ente desestimó estas últimas denuncias, sí pidió que aclare los términos del contrato, pues estos no fueron dados a conocer por la Subsecretaría de Redes Asistenciales en el informe que se le requirió a raíz de la presentación.

¿La razón? Cuando se le solicitó la información a la repartición citada, señalaron que el contrato aún no había sido firmado. En buenas cuentas, hasta la fecha no existe ningún acto administrativo que formalice la prestación.

Esto último cobra relevancia, luego de que el ministro Mañalich informara que el recinto por fin comenzará a ser utilizado esta semana. La idea -sostuvo- es que en dicho recinto se aísle a quienes no presenten síntomas.

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“Parte este jueves o viernes como un lugar de aislamiento para pacientes Covid-19 asintomáticos. En un principio pensamos en que los hospitales iban a estar saturados, y resulta que esa imagen de lo peor no ha llegado y tenemos la mitad de los hospitales desocupados y una presión muy intensa porque los hospitales se conviertan en lugares de tratamiento intensivo intermedio”.
- Ministro Jaime Mañalich en T13

La oferta original

Así las cosas, la Contraloría pidió al Minsal que fije el precio de acuerdo a la ley. Es decir, 0,2 UF por metro cuadrado efectivamente utilizado, algo que ya había sido anunciado por el titular de la cartera el 25 de marzo, tras un largo secretismo respecto de los dineros que desembolsará el Estado.

En la oportunidad se precisó que el uso del lugar oscilaba entre los 3 mil y 3 mil 500 metros cuadrados, lo que daba un total cercano a los 20 millones de pesos mensuales.

Prensa Presidencia
Prensa Presidencia

Esa cifra, sin embargo podría aumentar -añadieron en ese entonces- en caso de que el Gobierno decida ocupar una superficie superior, de los 12 mil metros cuadrados disponibles en total en el recinto. En este último escenario, el Fisco estaría obligado a pagar casi 70 millones de pesos.

Sin embargo, la información del Minsal contrasta con lo consignado en el informe de Contraloría, el que da cuenta que la oferta original del Centro de Convenciones S.A., la sociedad controladora del Espacio Riesco, es de 19.600 UF más IVA al mes. Es decir, unos $562 millones.

¿Quiénes son los dueños?

De acuerdo a un artículo publicado por El Mercurio, los controladores del centro de eventos corresponde a la familia Torres Riesco, “conformada por María Gloria Riesco Larraín (79), fundadora de la sociedad (llamada Centro de Convenciones Santiago S.A.), junto a sus hijos, Bernardita Torres Riesco y Edmundo Torres Riesco”. Este último ejerce como presidente de la sociedad.

En ese contexto, el organismo de control debió emitir un nuevo oficio este martes, donde solicita a la Subsecretaría de Redes Asistenciales que remita “a la brevedad” la “copia del contrato de arrendamiento en cuestión, como también del acto administrativo que lo apruebe y los antecedentes que le sirvan de fundamento”, pues tampoco se conoce la justificación para proceder vía trato directo a la contratación de la prestación.