El Consejo Nacional de Televisión definió una multa millonaria para Chilevisión, luego de que el canal emitiera un capítulo de "Gran Hermano" en horario de protección, en el cual Constanza Capelli relató su experiencia realizándose un aborto.

En julio del 2023, durante una emisión de Gran Hermano – Especial, Cony Capelli confesó haber abortado. Aquella revelación en TV le valió una multa de 200 UTM a CHV.

“Yo estuve embarazada, pero aborté. Aborté a los tres meses porque tenía una relación muy tóxica, y yo no quería que él fuera el padre de mi hijo”, expresó Constanza en tal ocasión.

“Yo no quería porque nuestra relación era muy mala (…), no era una buena relación, y creo que hubiese sido injusto para ese niño haber nacido en un ambiente de mierda (sic), donde dos personas no se soportaban”, agregó la ganadora del programa de telerrealidad.

Millonaria multa a CHV por dichos de Cony Capelli

Sobre el procedimiento, Capelli agregó en tal capítulo que había sido un momento feliz: “Cuando aborté, me puse muy feliz porque fue un acto de amor hacia mí y hacia el niño, hacia otra vida, hacia… Fue ir un paso más hacia adelante a lo que podría haber sido una catástrofe”.

Tal conversación fue emitida por CHV un día domingo entre las 15:00 y 16:00 horas; horario de protección.

Según el Acta de la Sesión Ordinaria del CNTV, donde la denuncia y posterior multa a Chilevisión quedó consignada, el Consejo aclaró que su deber es “dictar las normas generales destinadas a impedir que los menores se vean expuestos a programación y publicidad que pueda dañar seriamente su salud y su desarrollo físico y mental“.

La emisión denunciada, agregan, marcó un promedio de 3,45 puntos de rating hogares. Dentro del público que vio dicha transmisión, 6.075 fueron niños entre los 4 y 12 años, y 7.917 fueron preadolescentes y adolescentes entre los 13 y 17 años, según midió el CNTV.

Finalmente, se definió una multa de 200 UTM, como se mencionó anteriormente, por “infringir el correcto funcionamiento de los servicios de televisión contenido en el artículo 1° de la Ley N° 18.838“. Tal cifra equivale a casi $13 millones.