A contar de este sábado 1 de abril, el SII habilitó su página web para quienes deben realizar la declaración de impuestos en el proceso de Operación Renta 2023. En el sitio se puede aceptar o modificar la propuesta de la institución, que si se hace antes del 8 de este mes, se puede recibir el pago de manera adelantada, el 20 del mismo mes.

Como es costumbre en Chile, una vez terminado marzo, comienza la Operación Renta 2023, la que, por primera vez, establece un pago adelantado por el concepto de devolución de impuestos para abril, a quienes realicen el trámite dentro de una fecha determinada.

Vale destacar que también es la primera vez que la Tesorería General de la República retendrá la devolución aquellos padres que se encuentren en el Registro Nacional de deudores de Pensión de Alimentos.

Operación Renta 2023: Cómo obtener la devolución de impuestos en abril

De acuerdo a lo informado por el Servicio de Impuestos Internos (SII), 4,5 millones de declaraciones de Renta se espera que se efectúen este 2023 por parte de los contribuyentes a lo largo de todo el país.

En ese sentido, y como cada año, existe un calendario para la Operación Renta, donde se establece las fechas de pago de devolución de impuestos, según el día en que se lleve a cabo la respectiva declaración.

Así, la entidad, por primera vez, estableció como el jueves 20 de abril, el día en que recibirán el pago quienes hagan el trámite entre el pasado 1 de abril y el próximo sábado 8 de abril. De este modo, se adelantará el pago en 21 días, respecto al proceso del 2022.

En tanto, las próximas fechas de pago son el 15 de mayo, para quienes entreguen su declaración entre el 9 y el 27 de abril; y la siguiente se hará el 29 de mayo, para las y los contribuyentes que hagan su declaración entre el 28 de abril y el 10 de mayo.

Cómo obtener el pago de la devolución de impuestos en abril en la operación renta 2023
TGR

¿Quiénes deben realizar la declaración de impuestos 2023?

El SII sostuvo que en la Operación Renta 2023 deben realizar declaración quienes:

-Tuvieron un ingreso anual superior a los $9.907.434 (salvo que este corresponda a sueldos de un solo empleador o pagador).

-Tuvieron más de un empleador o pagador.

-Trabajaron a honorarios y quieren optar a la cobertura total o parcial para las cotizaciones previsionales.

-Realizaron el tercer retiro voluntario del 10% de la AFP, de acuerdo con lo establecido en la Ley N°21.295, y tienen un ingreso tributable superior a $22.016.520 (30 UTA).

-Solicitaron el Préstamo Solidario en 2020 y/o 2021, ya que en esta Operación Renta se calcula y paga cuota correspondiente (30% y 10% del monto solicitado, respectivamente).

*Si se prepagó el monto total del Préstamo Solidario que se solicitó en 2020 y/o 2021, se debe realizar la declaración de Renta si tuvo retenciones adicionales en el sueldo o boleta de honorarios, para solicitar la devolución de excedentes.

En paralelo el SII indicó que se puede declarar Renta, pese a no estar obligado, si se quiere acceder a algún beneficio o crédito tributario, por ejemplo, la Rebaja de Intereses por Dividendos Hipotecarios y/o el Crédito por Gastos en Educación.

En el caso de las empresas, todas tienen que presentar su declaración de Renta.

¿Dónde y cómo se hace el trámite?

El trámite de Operación Renta 2023, se hace en el portal del Servicio de Impuestos Internos.

El usuario puede revisar, descargar y aceptar la propuesta que presenta el SII. En caso de rechazarla, deben enviar y justificar una nueva propuesta.