El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), aclaró que las empresas tienen la obligación, siempre, de respetar el precio ofrecido a los consumidores, incluso, si está mal etiquetado. En caso de que no se respete el precio, como le sucedió a un cliente de la región de Los Lagos, se puede acudir ante la entidad fiscalizadora o interponer una denuncia ante el Juzgado de Policía Local respectivo.

El pasado martes se conoció la denuncia de un cliente que aseguró que una conocida multitienda del país, no respetó el precio etiquetado en unos productos que él quería comprar, lo que motivó una respuesta del Sernac.

Tras conocerse el hecho, la empresa lamentó lo ocurrido y pidió disculpas al afectado. Pero, ¿se debe respetar siempre el precio anunciado?.

¿Se debe respetar siempre el precio de los productos?

La llamada Ley del Consumidor, es la norma que contiene los derechos y deberes de los consumidores.

De acuerdo al precepto legal, en su artículo 12, establece que las empresas deben cumplir con todo lo prometido en su publicidad y lo informado y acordado en los contratos.

Por otro lado, el artículo siguiente informa que “los proveedores no podrán negar injustificadamente la venta de bienes o la prestación de servicios comprendidos en sus respectivos giros en las condiciones ofrecidas“.

Respecto a los precios, la Ley de Protección del Consumidor asegura:

  • El derecho a que se informe el precio final de los productos o servicios.
  • El precio informado debe incluir todos los impuestos, es decir, debe ser el precio final.
  • Los precios deben ser informados de manera clara y visible para los consumidores (que se entiendan y estén a la vista).
  • Deben estar expresados en moneda nacional (peso chileno).
  • Por lo tanto, y como lo expresó el director del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) de Los Lagos, Osvaldo Emhart, aunque esté mal etiquetado, el precio anunciado se debe respetar.

    ¿Qué hacer en caso de que no se respete el precio etiquetado?

    De acuerdo a la Organización de Consumidores y Usuarios de Chile (Odecu), en caso de que no se respete el precio ofrecido, lo primero es realizar el reclamo ante la empresa respectiva.

    Luego, en caso de la que respuesta no sea satisfactoria, hacer el reclamo antes el Sernac, quienes podrían ayudar a buscar una solución entre las partes.

    Esta denuncia, aclaran, es importante porque sirve de antecedente para una posterior acción judicial y suspende los plazos para hacer efectivas las acciones en el Juzgado de Policía Local respectivo.

    Cabe destacar que el Sernac no cuenta con facultades resolutivas ni arbitrales, por lo tanto, no puede aplicar sanciones, pero sí ayudar al consumidor si interpone una denuncia judicial.