En caso de Estado de Excepción, la Ley permite regular la venta de ciertos bienes esenciales, sea que se haga a precios o condiciones abusivas, o que induzca a engaño respecto a la calidad, peso o medida, entre otras medidas.

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) comunicó que fiscalizará a las empresas en las zonas de catástrofe (regiones desde Valparaíso hasta Bío Bío) para evitar que se produzcan, sin justificación, aumento de precios de alimentos, medicamentos y de materiales de construcción, que están siendo altamente demandados en estos momentos.

Agua envasada, arroz, fideos, azúcar, productos ferreteros, palas, cemento, madera, zinc, distintos tipos de combustible para calefaccionar el hogar, entre otros, serán parte de la observación.

El Servicio también verificará que se esté “informando adecuadamente el precio y disponibilidad”.

Para esa labor, se desplegarán funcionarios en terreno en las regiones afectadas por las inundaciones.

El director nacional del Sernac, Andrés Herrera, llamó a las empresas a “ser plenamente conscientes de esta catástrofe y no aprovecharse de la situación que está afectando a miles de consumidores, cuyos bienes han sido seriamente dañados por las fuertes lluvias, perdiendo, en muchos casos, todo lo que tenían”.

Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe

El pasado sábado el Gobierno declaró zona de catástrofe desde la región de Valparaíso a la del Bío Bío.

En este contexto, el Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe -en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 16.282-, permite que se persigan y sancionen los delitos de acaparamiento y manipulación de precios, así como la venta de alimentos peligrosos, entre otros ilícitos.

Además, en caso de Estado de Excepción, la Ley permite regular la venta de ciertos bienes esenciales, sea que se haga a precios o condiciones abusivas, o que induzca a engaño respecto a la calidad, peso o medida, entre otras medidas.

Esta norma también sanciona a las empresas que vendan productos de consumo adulterados o en condiciones nocivas para la salud.

En caso de incumplimiento a estas disposiciones, la norma sanciona a los responsables con pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio (61 días a 3 años).

Si el Sernac detecta alguna de estas conductas como parte de su fiscalización o monitoreo, “las denunciará al Ministerio Público para que investigue o a la autoridad sanitaria según corresponda”, dijo.