El Tercer Tribunal Ambiental declaró admisibles los recursos de casación presentados por la Mina Invierno, su sindicato y el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), elevándolos a la Corte Suprema.

El recurso fue interpuesto contra el fallo del Tribunal Ambiental de Valdivia, que determinó una cautelar para impedir tronaduras bajo los 100 metros sobre el nivel del mar. La decisión, que anuló la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto, estuvo fundamentada por la falta de información esencial sobre el componente paleobotánico en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), y cómo esto podría afectar al patrimonio cultural.

El proyecto, perteneciente a Empresas Copec -del grupo Angelini- y Ultramar -del grupo Von Appen-, se habría desarrollado en la región Magallanes.

Fue tras esto que la empresa se vio envuelta en un complejo escenario, con más de 150 despidos y pérdidas que ascendieron a US$44,5 millones.

Aunque esta jornada se dio a conocer la decisión de declarar admisibles los recursos de casación que buscan volver a posibilitar el proyecto, La Tercera reportó que “el tribunal rechazó la solicitud del SEA de suspender la ejecución de la sentencia que prohibió el uso de tronaduras mientras no se resuelva respecto de los recursos”.

Según un comunicado emitido por la empresa, “el tribunal excedió las facultades que le otorga la ley, dado que no se restringió a controlar la legalidad del acto administrativo del SEA, sino que lo reemplazó – así como a los organismos encargados de los análisis técnicos- realizando su propia evaluación y afirmando que no hay información suficiente para descartar impactos en los fósiles vegetales”.

Por su parte, el SEA defendió que “el Tercer Tribunal Ambiental no tuvo una razón suficiente para afirmar la falta de información necesaria para descartar los efectos significativos sobre el componente paleontológico”.