La electromovilidad sigue avanzando en nuestro país.

El Servicio de Impuestos Internos (SII) publicó la resolución N°56 que incorpora a la tabla de vida útil normal y depreciación acelerada a los vehículos eléctricos, híbridos con recarga exterior y otros calificados como cero emisiones.

Esto, según publicó el Ministerio de Energía, pues en el artículo 8° de la Ley 21.305 de Eficiencia Energética promulgada en febrero de este año, se establece que “existirá una depreciación acelerada para este tipo de vehículos durante los diez años siguientes a la entrada en vigencia de la ley”.

De esta manera, la vida útil normal de estos vehículos que anteriormente estaba establecida en 7 años disminuyó a 3 años; y la depreciación acelerada que era de 2 años disminuyó a 1 año.

El subsecretario de Energía, Francisco López, destacó lo rápido que está avanzando la implementación de la Ley de Eficiencia Energética y enfatizó los beneficios que trae esta medida para la electromovilidad.

“Sin duda esto permitirá que más empresas incorporen vehículos eléctricos en sus operaciones haciendo uso de este beneficio, lo que a su vez incentivará a importadores a traer más variedad de autos cero emisiones”, puntualizó.