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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y envió al Senado el proyecto que modifica la Ley del Mono, ampliando el régimen para regularizar viviendas sin permisos, con plazo hasta 2029. Busca dar certeza a familias con construcciones irregulares. El avalúo fiscal máximo se eleva a 2.000 UF, permitiendo regularizar viviendas más grandes. El costo de regularización varía según la superficie, con un tramo inicial sin costo y otro con un 50% de descuento.

La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó al Senado el proyecto que modifica la Ley N°20.898, conocida como “Ley del Mono”, con el objetivo de ampliar el régimen excepcional para regularizar viviendas y actualizar el plazo para acogerse a este beneficio.

La iniciativa busca responder a la realidad habitacional de los últimos años, marcada por un aumento de la autoconstrucción, y entregar certeza jurídica a miles de familias que actualmente cuentan con viviendas o ampliaciones ejecutadas sin los permisos municipales correspondientes o que no tienen recepción definitiva.

La normativa establece un procedimiento simplificado para regularizar este tipo de construcciones.

Además de permitir que las viviendas queden formalmente inscritas, el trámite puede facilitar una eventual compraventa y, en el caso de inmuebles que hayan sido ampliados, permitir que esas superficies sean consideradas en su avalúo.

Los ajustes que podrían aplicarse a la Ley del Mono

La iniciativa prorroga hasta el 31 de diciembre de 2029 el plazo para regularizar las construcciones.

Junto a esto, establece este procedimiento simplificado para edificaciones realizadas hasta antes del 28 de noviembre de 2025 y que no cuenten con recepción definitiva total o parcial.

La Cámara Baja señaló en un reporte de prensa que la moción parlamentaria, impulsada por el diputado DC, Javier Muñoz, también modifica la citada ley “para elevar el avalúo fiscal máximo de las viviendas que pueden acogerse a este sistema simplificado”.

De este modo, se podrán acoger a este régimen de regularización viviendas de hasta 2.000 UF.

Otro cambio relevante es la ampliación de la superficie máxima de las propiedades incluidas en el procedimiento de regularización y el costo de este trámite.

“La norma propuesta considera un primer tramo a costo cero, para viviendas de 90 a 120 metros cuadrados. El segundo tramo, en tanto, llegará hasta los 180 metros cuadrados. En este caso, el pago asociado a la regularización alcanzará el 50% del monto habitual de pago”, indicó el reporte de prensa.

En materia de plazos, dispone que las direcciones de Obras Municipales (DOM) deberán, dentro de los 60 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, revisar el cumplimiento de las normas urbanísticas de la respectiva petición.

Finalmente, durante la votación en la Sala, esta aprobó una indicación que señala que las municipalidades podrán conformar equipos comunales de regularización de viviendas. Su objetivo será prestar asistencia gratuita a personas pertenecientes al 60% más vulnerable del Registro Social de Hogares (RSH), adultos mayores, personas con discapacidad y habitantes de sectores rurales.