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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Esta semana se inició el cobro a más de 550 mil personas con deudas en mora del Crédito con Aval del Estado (CAE), resaltando que el Estado actúa como aval y debe responder ante los bancos si alguien deja de pagar. El plan contempla convenios de pago para quienes ganan menos de $5 millones mensuales, mientras que los que superen ese monto enfrentarán acciones judiciales directas, incluyendo embargos y retenciones.

Esta semana comenzó el proceso de cobro a más de 550 mil personas con deudas en mora del Crédito con Aval del Estado (CAE), préstamo en el cual el Estado actúa como aval: cuando alguien deja de pagar, es el Fisco quien debe responder frente a los bancos.

El plan considera convenios de pago para quienes tienen ingresos inferiores a $5 millones mensuales. Y quienes ganen más de $5 millones al mes, no podrán acceder a convenios; y se les aplicará un proceso de cobro con acciones judiciales directas que pueden incluir medidas como embargo o retención de bienes.

Desde el Gobierno y la Tesorería General de la República (TGR) han remarcado que la deuda de los morosos del CAE es -de al menos- $4 billones.

Embargo, retenciones, entre otros: riesgos de no pagar deuda del CAE

En el caso de los deudores con ingresos mensuales superiores a $5 millones, desde el lunes 6 de abril de 2026 se les comenzó a aplicar un proceso de cobro con acciones judiciales directas, sin acceso a acuerdos de pago.

“Estas acciones forman parte del proceso de recuperación de recursos fiscales y pueden incluir medidas como embargo o retención de bienes, tales como fondos en cuentas bancarias, remuneraciones u otros activos financieros, conforme al marco legal vigente”, sostuvo Tesorería.

Deudores del CAE que sí pueden acordar una forma de pago

Quienes sí pueden acceder a convenios de pago son, exclusivamente, personas con ingresos mensuales inferiores a $5.000.000 brutos según la Operación Renta de 2025 y que mantengan una deuda igual o superior a 1 UTM.

Para acceder, TGR habilitó la plataforma tgr.cl/cae, donde se pueden realizar trámites y consultas (ingresando con Clave Única o Clave Tributaria).

Cesantes y deudores que no cuentan con información de renta

Quienes registren ingresos, pero actualmente se encuentren cesantes, pueden acreditar su situación en la plataforma mencionada (tgr.cl/cae).

En caso de no contar con información de renta disponible, las personas pueden adjuntar el certificado de la Operación Renta y si es que no declaran renta, el certificado de cotizaciones previsionales, a través de la Oficina Virtual.

Las personas que no conozcan el detalle de su deuda pueden consultarlo directamente en el sitio de la TGR, mediante el Formulario 34.

Casos de morosos en el extranjero

Los deudores del CAE que residan en el extranjero y no registren cotizaciones previsionales en Chile, también pueden gestionar su convenio de pago de manera remota, presentando la documentación requerida que acredite su situación.

TGR, por último, insistió a los deudores “ponerse al día, ya sea pagando su deuda o suscribiendo convenios, especialmente en los casos que cumplen los requisitos”.