La Fiscalía Nacional Económica (FNE) solicitó al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que establezca un conjunto de medidas estructurales y conductuales a las que deberá someterse el futuro concesionario del Puerto Chacabuco, en el marco de la licitación que la Empresa Portuaria Chacabuco (Emporcha) realizará para entregar la concesión del puerto.
La solicitud de la FNE tiene como objetivo evitar posibles riesgos derivados de la integración vertical entre quien administre el puerto y sus principales usuarios, como, por ejemplo, que el puerto sea utilizado como una barrera a la entrada o expansión de los demás actores del mercado de transporte marítimo.
En particular, la Fiscalía pidió al Tribunal que restrinja a un máximo de 40% la participación que los usuarios relevantes del puerto puedan tener en la propiedad, derechos societarios o utilidades de la empresa concesionaria.
En la misma línea, solicitó que establezca tarifas reguladas de forma separada para el terminal de transbordadores y los de carga general e indicadores de calidad de servicio específicos, para comparar el trato que otorgue a sus empresas relacionadas y a las no relacionadas.
El riesgo más relevante corresponde al segmento navieras especializadas en transbordadores y el de agentes de naves, ambos altamente concentrados. Actualmente la empresa Navimag y sus relacionadas superan el 80% de participación en el transporte de carga por vía marítima y multimodal.
Esta solicitud fue hecha por la Fiscalía en el informe que entregó al TDLC en el marco del proceso seguido para que se establezcan las condiciones en las que podrá licitarse la concesión del principal puerto de la región de Aysén.
En dicho documento, la FNE destaca que, a diferencia de casos anteriores conocidos por el TDLC sobre puertos de la zona norte y central, Puerto Chacabuco es la única infraestructura portuaria capaz de recibir el principal flujo de carga de la región, que corresponde a cabotaje desde y hacia Puerto Montt mediante naves transbordadoras que transportan camiones y otros vehículos.
Más recomendaciones
El informe elaborado por la División Antimonopolios indica también que existen barreras relevantes a la entrada de nuevos puertos en la zona y a la expansión de los existentes, por lo que coincide con Emporcha en que se debe prohibir a quienes administren otros puertos en la misma zona (como el de la empresa Oxxean) participar en la licitación.
Respecto de las condiciones de competencia en la licitación, la FNE concuerda con la propuesta de Emporcha de asignar la concesión a quien ofrezca las menores tarifas de servicios básicos a usuarios, como ha sido ordenado consistentemente por el TDLC en este tipo de licitaciones.
A estas condiciones, la FNE agrega algunas adicionales, por ejemplo, respecto de los ponderadores por tipo de carga de la oferta económica, a restringir la posibilidad de otorgar descuentos por fidelidad o exclusividad, ventas atadas o empaquetamiento de servicios básicos con otros optativos, indicadores de calidad de servicio predefinidos y con sanciones efectivas en caso de incumplimiento.
Además, recomienda reforzar las capacidades de fiscalización de la empresa portuaria, mejorando la calidad y desagregación de la información que debe reportarle la concesionaria.
El proceso seguido ante el TDLC da cumplimiento a lo ordenado por la Ley 19.542 de Puertos, que exige a las empresas portuarias públicas contar con un informe del TDLC para otorgar concesiones hasta por 30 años cuando lo adjudique a un solo operador o no exista en la región otro frente de atraque público capaz de atender a la nave de mayor envergadura y capacidad que lo utilice.