El Ministerio de Justicia pedirá una revisión a Gendarmería de todos los informes de libertad condicional adjudicados las últimas semanas, con el fin de detectar posibles errores en el proceso. A pesar de ello, no se revocará el beneficio a quienes fueron liberados.

Recordemos que sólo en Valparaíso, se determinó otorgar la medida a 788 reos, de un total de 875. Ante esta cifra, se busca identificar posibles errores en los informes que entregó la institución a la comisión de Libertades Condicionales.

Según consigna EMOL, el Ministerio de Justicia pidió al director de Gendarmería, Tulio Arce, información sobre el caso de un reo que fue absuelto y seguía encarcelado, junto a otros 4 internos que pasaron en la cárcel más días de los que estipulaba su condena.

Según determinaron los jueces de Valparaíso, aparte de los 5 casos antes mencionados, hubo internos condenados por delitos graves que no alcanzaron a cumplir el 75% de su condena y fueron beneficiados con la libertad condicional. Junto a ello, en algunos informes psicosociales, se consigna que parte de los liberados efectivamente tenían buena conducta, pero se precisaba que era pertinente, pudieran optar a beneficios penitenciarios gradualmente -salidas dominicales, trabajo al interior del penal, entre otros-.

Eso si -y a pesar de lo que se resuelva tras los informes- quienes ya fueron beneficiados con el cumplimiento en libertad, no se le revocará el beneficio.

Requisitos para optar a la libertad condicional

Según detalla Gendarmería de Chile, los requisitos para optar a la Libertad Condicional son:

- Cumplir la mitad de la que se le impuso por sentencia definitiva.
- Mantener una conducta intachable durante el cumplimiento de la condena.
- Haber aprendido un oficio si hay talleres donde cumple la condena o mantener una actividad laboral.
- Asistir con regularidad y provecho a la escuela del establecimiento (aprender a leer y escribir o finalizar los estudios, según corresponda).

Casos particulares

- A los condenados a presidio perpetuo se les podrá conceder el beneficio una vez cumplido 20 años.
- A los condenados por parricidio, homicidio calificado, robo con domicilió, violación con homicidio, violación a persona menor de 12 años, infanticidio y elaboración o tráfico de estupefaciente, se les podrá conceder la condicional cuando hubieren cumplido dos tercios de la pena (75%).
- Los condenados a más de 20 años, se les podrá conceder el beneficio una vez cumplido 10 años de la pena.
- A los condenados por hurto o estafa a más de seis años, podrán obtener el beneficio una vez cumplido tres años.

En este sentido, el tribunal de conducta de cada penal le corresponde certificar que cada postulante cumple con los requisitos para optar al beneficio, pero, la aprobación o rechazo a la solicitud del beneficio es de atribución de la Corte de Apelaciones.

Formas de perder el beneficio

- Cometer cualquier delito mientras se cumple el beneficio, incluido transitar por la vía pública en estado de ebriedad.
- Ausentarse sin autorización del lugar que se haya fijado como residencia.
- No presentarse, sin causa justificativa, durante dos semanas consecutivas a firmar.

Hay que hacer presente que a quien se le revoca esta medida, no puede volver a optar a ningún tipo de beneficios en esta u otra condena posterior.