El ministro de Salud Jaime Mañalich adelantó detalles de la Ley de Tabaco que comienza a regir a las 0:00 horas de este viernes, la cual regulará el consumo de cigarrillos en espacios públicos.

En este contexto, Mañalich indicó que 80 fiscalizadores dispuestos por la Seremi junto con aquellos que determinen las Municipalidades apuntarán en estos primeros días a entregar los conocimientos de la nueva norma, teniendo la multa como último recurso.

Es así como a partir de las 09:30 horas de este jueves, fiscalizadores municipales encargados de controlar las faltas a la Ley de Alcoholes, entregaran información a los ciudadanos de la aplicación de la ley impulsada por el Minsal.

EMPRESARIOS PIDEN SEIS MESES DE VACANCIA

Un periodo de vacancia legal de seis meses solicitó al Ministerio de Salud, la Asociación Nacional de Empresarios Nocturnos, Turismo y Espectáculos (ANETUR), a sólo días de que entre a regir en todo el país la nueva ley del Tabaco, Nº 20.660.

La ley, aprobada por el Congreso Nacional, en términos sustanciales aumenta las restricciones para el consumo, venta y publicidad de los cigarrillos, estableciendo una serie de normas como la prohibición para fumar en lugares cerrados accesibles al público o de uso comercial colectivo, como pubs, restaurantes y casinos de juegos, entre otros.

“Estamos muy preocupados, hay una serie de dudas que no están claras en materia de fiscalización (…) La falta de capacitación de los funcionarios entorpecerá la puesta en marcha de la ley”, dijo Fernando Bórquez, presidente de la asociación, tras dejar un carta con la solicitud en la sede de la Secretaría de Estado de calle Mac Iver.

Para el dirigente, la ley que comienza a regir el 1 de marzo de 2013, no aclara cuáles son las facultades de los nuevos fiscalizadores municipales, ya que a su juicio estos carecen de atribuciones legales para –por ejemplo- controlar la identidad de una persona, explicó.

“Un plazo de vacancia va a ser beneficioso para los empresarios, autoridades fiscalizadoras y clientes. Proponemos a lo menos seis meses de marcha blanca. Sería razonable para todas las partes”, agregó Bórquez.

Según el presidente de Anetur, los cambios legales también imponen a los dueños de pubs, restaurantes o bares, responsabilidades extras, al permitir el ingreso de menores de 18 años (mayores de 16 años), a los que no se les puede vender alcohol. “Vamos también que andar cuidando a los jóvenes que no beban”, señaló.

La Ley Nº 20.660 prohíbe la venta de cigarrillos a 100 metros de distancia de colegios, medidos desde cada puerta de acceso de los respectivos recintos. De igual manera, no se pueden vender o entregar gratuitamente cigarrillos en unidades o “sueltos” y en paquetes que contengan cantidades inferiores a 10 unidades.

Las máquinas expendedoras automáticas sólo podrán ser colocadas donde no tengan acceso menores de edad. Por otro lado, la norma prohíbe todo tipo de publicidad de tabaco.

En cuanto a los medios de comunicación, se prohíbe fumar en programas de televisión en vivo, transmitidos en horario de menores, mientras que toda publicidad del tabaco, incluso indirecta, está prohibida en todo horario. Además, se prohíbe la publicidad en las señales internacionales de los medios de comunicación chilenos o de páginas de Internet cuyos dominios correspondan a la terminación “punto cl”.