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Comisión de la CC aprueba idea de renacionalización de bienes naturales y expropiación minera

Por Felipe Reyes

La información es de Daniela Ruiz-Tagle
Publicado por Felipe Reyes
La información es de Daniela Ruiz-Tagle
Martes 01 febrero de 2022 | 13:32
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La Convención Constitucional, a través de la comisión de Medio Ambiente y Modelo Económico, aprobó -en general- la iniciativa que cede al Estado el dominio absoluto de los bienes estratégicos. En esa línea, plantea la nacionalización de las empresas de explotación minera y establece los mecanismos para entregar la respectiva indemnización a los afectados. Convencionales de Vamos por Chile aseguraron que estas medidas son "un error jurídico" y que dejarían al país "en bancarrota".

Este martes, la comisión de Medio Ambiente y Modelo Económico de la Convención Constitucional aprobó una serie de artículos que buscan nacionalizar los bienes estratégicos del país y establecer fórmulas para indemnizar a los afectados.

Se trata de una propuesta presentada por integrantes de Apruebo Dignidad, Pueblo Constituyente (ex Lista del Pueblo) e independientes, la cual pretende que el Estado tenga la dirección de la política minera en Chile.

Cabe destacar que las mociones sólo fueron visadas en general. Es decir, formarán parte de un texto sistematizado al que se le podrán aplicar indicaciones, por lo que podrían sufrir modificaciones. Tras ello, tendrán la oportunidad de pasar al Pleno, donde deben sortear el quórum de 2/3 para quedar dentro de la nueva Carta Magna.

Según la iniciativa, el Estado tendrá “el dominio absoluto, exclusivo, excluyente, inalienable e imprescriptible de todos los bienes estratégicos, todas las minas, comprendiéndose en éstas las covaderas, las arenas metalíferas, los salares, los depósitos de carbón e hidrocarburos líquidos o gaseosos y las demás sustancias fósiles, con excepción de las arcillas superficiales, no obstante la propiedad de las personas naturales o jurídicas sobre los terrenos en cuyas entrañas estuvieren situadas”.

Nacionalización de bienes estratégicos

El mismo artículo habla de un proceso de nacionalización de actividades o empresas de bienes estratégicos, que comprenderá “a ellas mismas, a los derechos de los que sea titular, y a la totalidad de sus bienes”. En esa línea, las concesiones mineras de exploración y explotación constituidas a favor de estas empresas cesarán de forma inmediata al entrar en vigencia este proceso.

Por otra parte, se establecen determinadas fórmulas para indemnizar a los titulares de estos bienes. Una de ellas es determinar el monto sobre la base del costo original, deducidas “las amortizaciones, depreciaciones, castigos y desvalorización por obsolescencia”.

En segundo término, consigna que “podrá deducirse del monto de la indemnización el todo o parte de las rentabilidades excesivas que hubieren obtenido las empresas nacionalizadas”. La indemnización será pagada en dinero, a menos que el afectado acepte otra forma de pago en un plazo no superior a 20 años.

Proceso de indemnización

Otro de los artículos visados por la comisión asegura que el Estado tomará posesión inmediata de los bienes estratégicos en la oportunidad que determine el Presidente de Chile, quien tendrá el plazo máximo de un año desde la promulgación de la nueva Constitución para implementar dicha disposición.

De acuerdo a esta norma, “corresponderá al Contralor General de Chile determinar el monto de la indemnización que deba pagarse a las empresas nacionalizadas y a sus filiales”.

Además, será causal suficiente para suspender el pago la negativa a entregar los estudios, prospecciones, planos, informes, títulos, datos y otros bienes necesarios para la normal explotación y para el cumplimiento de los planes previstos.

“El monto de las cuotas de la indemnización podrá ser compensado con las deudas que las empresas nacionalizadas tuvieren con el Fisco, con organismos del Sector Público o con instituciones de Previsión, que fueren liquidadas y exigibles a la fecha del pago de las respectivas cuotas”, agrega.

Finalmente, también fue aprobado un artículo transitorio que deroga la Ley 18.097 Orgánica Constitucional de Concesiones Mineras. Por ende, “se derogan todas las disposiciones del Código de Minería que estuvieran en contradicción con las disposiciones de la nueva Constitución”.

Reacciones ante la aprobación de los artículos

Juan José Martin (INN), coordinador de la comisión de Medio Ambiente, recordó que ninguna de las normas aprobadas en general están “explícitamente aprobadas o rechazadas”, sino que demuestran la disposición de poner los temas sobre la mesa.

“Creo que muchas de estas decisiones deben ser tomadas en ejercicio democrático posterior a la Convención. Hay que abrir los caminos, a través de las normas constitucionales, pero ojalá las decisiones finales sean tomadas después”, aseguró.

Por su parte, Rodrigo Álvarez (UDI) calificó estas normas como “extraordinariamente negativas y equivocadas para Chile”. Sobre la nacionalización de las empresas mineras, dijo que se trata de un “error jurídico”.

En ese punto, dijo que compromete la responsabilidad del país a nivel internacional. “Esto es la nacionalización de todas las empresas y los mecanismos establecidos son inadecuados”, agregó.

Finalmente, Bernardo Fontaine (IND-RN) aseveró que la Convención se saldría de sus límites si aprobara finalmente estos artículos en el Pleno, ya que no están bajo la línea de los tratados internacionales.

“Produciría una bancarrota del país, porque tendríamos que indemnizar, con este precio del cobre, a todas las compañías mineras que serían expropiadas. Es una norma que no tiene sentido común si sentido de justicia. Con esto, la comisión entró en Fantasilandia”, concluyó.

Revisa la iniciativa completa a continuación:

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