CDE interpone demanda contra forestal por daño ambiental tras desvío de cauce en Mocho Choshuenco

Créditos: ARCHIVO | Cedida a RBB
Publicado por Daniela Salgado
La información es de Cristian Cerna

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Miércoles 22 septiembre de 2021 | Publicado a las 14:03

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Una demanda de reparación por daño ambiental en contra de la Compañía Forestal y Maderera Panguipulli, interpuso el Consejo de Defensa del Estado ante el Tribunal Ambiental de Valdivia, en la región de Los Ríos.

La acción legal se fundamenta en el daño ambiental que la empresa habría ocasionado sobre la Reserva Nacional Mocho-Choshuenco, a consecuencia de la intervención no autorizada del cauce de origen glacial en la cara este del complejo volcánico, que alimenta la cabecera del río Pillanleufu.

La demanda presentada, se suma a la querella criminal interpuesta por el Consejo de Defensa del Estado en abril de este año, donde se solicitó investigar el delito de usurpación de aguas desde la misma reserva natural.

Tales acciones jurisdiccionales se interpusieron luego de que profesionales de la Corporación Nacional Forestal (CONAF), concurrieran al lugar a inspeccionar la Reserva Nacional Mocho-Choshuenco, verificando lo denunciado.

El delegado presidencial regional, César Asenjo, evitó calificar los hechos constatados, por estar judicializado.

Según el seremi de Bienes Nacionales, Eduardo Berger, esta sería la única intervención en esta área silvestre protegida.

Según el texto de la demanda, “en la intervención la empresa ha afectado la estructura de la microcuenca del río Pillanleufu, así como la dirección y forma natural del escurrimiento de sus aguas, con desmedro del instrumento de gestión ambiental que la protege y que la define como un área ambientalmente sensible”.

Además añade que “la intervención se efectuó en un área caracterizada por la existencia de un ecosistema y paisaje altoandino, próxima a los glaciares y nieves eternas del volcán Mocho-Choshuenco, de los que se alimenta el torrente, afectando gravemente la cabecera de la microcuenca del río Pillanleufu, así como los ecosistemas ubicados montaña abajo y que dependen de los servicios ecosistémicos que se ella presta o se derivan de la misma”.

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