La Corte de Apelaciones de Santiago acogió la demanda presentada por el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), en contra del Banco BBVA y declaró nulas nueve cláusulas de los contratos de adhesión de clientes.

En fallo unánime la Tercera Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia dictada por el Trigésimo Juzgado Civil de Santiago, que declaró abusivas siete cláusulas de los contratos de adhesión y anuló dos más.

Entre las clausulas anuladas se encuentran los ítemes de: Comisiones, Modificaciones al Monto Máximo, Modificaciones al Monto Autorizado, Línea de Crédito, Tarjetas y Modificaciones de Cupo, y Terminación Inmediata.

El punto que el fallo deja de manifiesto es que aquellos actos que en concepto del banco importan aceptación tácita -que evidentemente es distinta del silencio- no dicen relación con actividades del consumidor que supongan el conocimiento cabal de todos los extremos de aquello que la estipulación contractual supone aceptar, considerado un acto de buena fe.