A siete años de presidio efectivo fue sentenciado Michael García Lepún, por el homicidio de Paola Andrea Llancán de 29 años, ocurrido en octubre de 2012.

En la audiencia los jueces informaron que se consideraron pruebas irrefutables como el arma homicida y la ropa que vestía el autor del delito, la que aún mantenía rastros de sangre de la víctima.

Recordemos que el hecho se remonta a mediados de octubre de 2012, cuando se celebraba el denominado “18 chico”. En aquella fecha la víctima junto a su pareja concurrieron a una sede social del sector rural de Coihuería, en San Juan de la Costa.

En el lugar se inició una discusión entre la pareja de la mujer asesinada y el atacante, quien se trasladó hasta una dependencia del inmueble y obtuvo un cuchillo con el cual intentó agredir al otro hombre, sin embargo la mujer intercedió y recibió una mortal estocada que ingresó por el costado axilar izquierdo, dando justo en el corazón.

Posterior a ello, el sujeto fue detenido, mientras que la víctima fue trasladada en ambulancia hasta el Hospital Base de Osorno, donde falleció debido a la grave herida en su corazón.

Llancán dejó un hijo que actualmente tiene 13 años y una familia devastada, por lo cual tanto el fiscal del caso, Jaime Sáez junto a la abogada querellante solicitaban una pena de ocho años, sobre la base al argumento legal de la extensión del mal causado, y la agravante de falta de colaboración sustancial durante el juicio, ya que desde su detención García se acogió a su derecho a guardar silencio, no prestando declaración alguna durante todo el proceso judicial.

Además de la pena de cárcel, García Lepún fue sentenciado al pago de las costas del juicio, así como también se le aplicó el artículo 28 del código procesal penal, que señala que aquellas personas que sean condenadas a penas de reclusión, llevarán consigo la inhabilitación perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos.