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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

En octubre de 2025, la Dirección del Trabajo informó de 43.287 despidos por necesidades de la empresa, sumando un total de 415.010 en el año con un aumento del 7,1%. Esto representa el mayor nivel desde 2020, con 506.574 despidos en plena pandemia. La causa principal es su menor recargo legal, incentivando su uso. Especialistas señalan que la empresa despidiendo injustificadamente puede negociar luego con un recargo del 30%. Además, al despedir bajo el artículo 161 del Código del Trabajo, el empleador puede descontar del seguro de cesantía.

En octubre de 2025, la Dirección del Trabajo emitió un informe que daba cuenta de 43.287 despidos por la causal de necesidad de la empresa durante ese mes.

Los datos quedaron contenidos en el Informe Mensual de Terminaciones de Contrato de Trabajo que, entre otros antecedentes, reveló que los despidos bajo esta causal alcanzaron los 415.010 casos entre enero y octubre, lo que implicó un alza anual de 7,1%.

Este es el mayor nivel acumulado para este período desde 2020, año que cerró con 506.574 despidos en virtud de este motivo en pleno contexto de pandemia.

Por qué han aumentado los despidos por necesidad de la empresa

Pedro Peña, especialista en derecho laboral y CoFundador del estudio jurídico SoyTrabajador.cl, señala que “lo que hemos visto en los últimos años es un patrón bien claro, la causal de necesidades de la empresa se ha transformado en el comodín más usado, incluso cuando los hechos no la sostienen”.

Según indica el experto, una de las razones que explica el aumento sostenido se debe a que los recargos legales son menores que en otras causales, lo que incentiva su uso recurrente.

“La causal necesidades de la empresa se ha vuelto la más utilizada, porque si un tribunal declara el despido injustificado, el recargo legal es solo del 30%, mientras que otras causales pueden llegar al 80%. Esto hace que sea más económico para la empresa despedir y negociar después”, explica Peña.

Otro factor que explica este fenómeno es que, cuando el despido se hace por el artículo 161 inciso 1° del Código del Trabajo, el empleador puede descontar parte del aporte al seguro de cesantía de la indemnización.

“Esto hace que esta causal sea conveniente desde el punto de vista financiero para la empresa, ya que, aunque deba devolverlo en caso de perder la demanda, en la práctica lo utilizan para negociar”, mencionó el especialista laboral.

¿Qué hacer si fuiste despedido injustificadamente?

Ante un despido injustificado, es clave identificar la causal y la forma en que se produjo, ya sea por carta, verbal o término de un contrato a honorarios, que en la práctica era laboral. Al recibir una carta, se debe guardar y revisar los datos; si es verbal, es clave dejar registro y conservar pruebas del trabajo.

En casos de contratos a honorarios encubiertos, es fundamental documentar la subordinación y dependencia, para solicitar asesoría y que un tribunal reconozca la relación laboral.

Otro punto muy importante es no firmar el finiquito sin asesoría y conservar todos los documentos, pagos y cotizaciones. “Actuar rápidamente es fundamental, pues desde el despido comienzan a correr los plazos legales para reclamar sus derechos”, finalizó el experto.