Este lunes 31 de agosto es el último día de la restricción vehicular 2026 que se aplicaba a 34 comunas de la región Metropolitana, cada semana de lunes a viernes desde el 4 de mayo. En el caso de automóviles, station wagons y similares con sello verde inscritos antes del 1 de septiembre del 2011, los dígitos con restricción este lunes 30 de agosto son 8-9.
Recordemos que aquello se aplicó en el marco del Plan de Gestión de Episodios Críticos (GEC) del Ministerio de Medio Ambiente, cuyo fin es disminuir la contaminación ambiental. En ese sentido, la instrucción no solo se aplicó a los vehículos, sino que también incluyó medidas sobre el encendido de calefactores a leña en la capital.
Si bien es el último día, la restricción vehicular sigue ejecutándose bajo las mismas reglas que se fijaron al comienzo. Es decir, el horario principal es de 7:30 a 21:00 horas y hay una multa de 1 a 1,5 UTM ($71.649 a $107.473) para quienes sean sorprendidos infringiéndola.
Ahora bien, en el caso de los automóviles, station wagons y similares sin sello verde, motos anteriores a 2002, buses de transporte privado de personas, buses interurbanos y rurales de pasajeros, al igual que vehículos de transporte de carga, los dígitos son: 6-7-8-9.
Cabe destacar que todos estos vehículos tienen prohibición absoluta para circular dentro del anillo Américo Vespucio, cualquiera sea el último dígito de la placa patente, a excepción de los buses.
Asimismo, es importante consignar que el horario de restricción para vehículos y motocicletas es de 7:30 a 21:00 horas; para buses es de 10:00 a 16:00 horas, mientras que para transporte de carga es de 10:00 a 18:00 horas.
Fiscalización de la restricción vehicular
El cumplimiento de la medida es fiscalizado por Carabineros, inspectores municipales y funcionarios del Ministerio de Transportes, tanto en terreno como mediante cámaras de televigilancia.
Quienes la incumplan se exponen a multas que van entre 1 y 1,5 UTM ($71.649 y $107.473), monto que varía según el valor vigente de la unidad tributaria mensual al momento de cursarse la infracción.
Cabe recordar que la restricción vehicular puede complementarse con otras medidas en caso de que las autoridades decreten una Alerta, Preemergencia o Emergencia Ambiental.