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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La polémica surge por la empresa Cualiffy en Chile, que utiliza la ClaveÚnica para generar certificados laborales, cuestionando la legalidad de acceder a esta información sensible. El ministro de Hacienda, Mario Marcel, enfatiza que la clave es propiedad del ciudadano y nadie tiene derecho a solicitarla, recordando que su uso está destinado principalmente a entidades públicas o privadas con función pública.

A raíz de la polémica instalada por la empresa Cualiffy que, a través de la ClaveÚnica, permite generar un “certificado laboral”, cabe preguntarse si el acceso a esta información es legal o no.

Recordemos que esta clave permite a las personas en Chile acceder a servicios públicos y a una serie de trámites y postulaciones.

Considerando que la herramienta permite obtener datos sensibles, el ministro de Hacienda, Mario Marcel, recordó durante la semana pasada que las instituciones que usan la ClaveÚnica son principalmente públicas o “privadas, pero que cumplen una función pública, como el caso por ejemplo de una AFP”.

Sobre esa misma línea, el ministro sentenció que esta clave “es propiedad de la persona, del ciudadano y nadie tiene derecho a pedirla, por muy útil que pueda ser el servicio que se le está ofreciendo. Una vez que la persona entrega su ClaveÚnica, no sabe qué uso va a tener posteriormente”.

¿Es legal que un tercero acceda a mi ClaveÚnica?

Según explica Claudio Álvarez, doctor en Ciencias de la Computación y académico de la Facultad de Ingeniería y Ciencias Aplicadas de la Universidad de los Andes (Uandes), a través de un comunicado, la “naturaleza reglamentaria” de la ClaveÚnica no es legal, sino que opera “a través de actos administrativos y términos de uso que dan los distintos servicios”.

En ese sentido, sostiene que “si uno transfiere su ClaveÚnica a otra persona, eso no es un delito, no es un acto punible y tampoco sería un acto punible darle la clave a una persona jurídica, a una empresa, para que haga tareas que normalmente nosotros haríamos”.

Este escenario permite que una persona pueda entregar su clave y no sufrir algún tipo de persecución penal. Lo mismo aplica para las empresas.

Para Álvarez, “esta acción de poder entregarle la Clave Única a una empresa es naturalmente algo que tiene que ser debidamente regulado y legislado, y la clave siendo un instrumento personalísimo tendría que ser, entonces, resguardado por la legislación con penas para quien usa la clave de la manera como se está haciendo actualmente”.