Quién es responsable del bloqueo intencionado de alimentos, agua, higiene, servicios de saneamiento y combustibles, que ha llevado a un hacinamiento infrahumano y, en consecuencia, a una mortalidad inevitable del pueblo palestino en Gaza.

El embajador de Israel, en una carta publicada en BioBioChile con fecha 9 de septiembre del presente año, cuestiona la validez de los informes internacionales que denuncian una hambruna masiva en Gaza, alegando un “uso ideológico de la institucionalidad internacional” para tales afirmaciones. En particular, critica un informe de la Clasificación Integrada de la Seguridad Alimentaria en Fases (IPC). Sin embargo, el último informe de esta organización (IPC), fechado el 22 de agosto de 2025, se titula explícitamente “Franja de Gaza: Hambruna confirmada, Proyecto en Expansión”.

El título del informe del IPC ya sugiere un avance deliberado y proyectado de una catástrofe humanitaria, pues se prueba que Israel impide el ingreso de alimentos, situación que debería revertirse de inmediato. De hecho, la Fase 5 de Hambruna ya está presente en toda la gobernación de Gaza y se prevé su expansión a Deir Al Balah y Khan Younis durante el mes de septiembre.

Convenientemente, el embajador omite señalar que esta hambruna y catástrofe humanitaria son consecuencia directa de las acciones de Israel. Estas incluyen incesantes bombardeos, dolorosos y continuos desplazamientos de la población, restricciones geográficas impuestas por las Fuerzas de Defensa de Israel (IDF), y un bloqueo deliberado a la entrada de toda clase de ayuda humanitaria desde el 2 de marzo de este año.

Interpelo al diplomático para que responda qué otra política, distinta a la del gobierno de Israel, ha provocado el colapso de los sistemas de salud y nutrición; quién es responsable del bloqueo intencionado de alimentos, agua, higiene, servicios de saneamiento y combustibles, que ha llevado a un hacinamiento infrahumano y, en consecuencia, a una mortalidad inevitable del pueblo palestino en Gaza.

Asimismo, cuestiono quién ha contribuido a la proliferación de enfermedades infecciosas, desnutrición, hambruna y mortalidad entre niños, embarazadas, nodrizas y lactantes; y quién ha incrementado la mortalidad al exponer a fuego militar a personas que, en una situación de humillación y hambruna, buscan alimentos en los puntos de distribución.

Lee también...

Contrario a las afirmaciones del Embajador, la publicación del IPC del 22 de agosto de 2025 no niega la hambruna. En cambio, sus equipos en terreno han validado, de manera sólida y científica, los estándares internacionales para declarar una situación de hambruna. Esto incluye el uso de protocolos específicos y herramientas ampliamente consensuadas en su construcción, evidencia, responsabilidad, transparencia y comparabilidad.

Estas mismas instituciones reconocen la grave inseguridad alimentaria y hambruna en países como Nigeria, Camerún, Chad, Burkina Faso, Níger, Mauritania, Somalia y Kenia, donde el hambre se agrava por desplazamientos forzosos y conflictos civiles internos. El diplomático destaca incluso el caso de Sudán del Sur, que enfrenta una severa hambruna a causa de la guerra civil, afectando a más de 2.3 millones de niños menores de cinco años con desnutrición aguda. No obstante, omite subrayar que, en el caso de Gaza, el delito de genocidio implica intencionalidad, alevosía y ensañamiento de parte de Israel.

Se sugiere que el Embajador, recién llegado a nuestro país, muestre condolencias por las más de 68.000 víctimas civiles, en su mayoría mujeres y niños, asesinadas por su gobierno.

Se recuerda que su primer ministro ha sido imputado por la Corte Penal Internacional por crímenes de guerra y lesa humanidad, siendo considerado “prófugo de la Justicia Internacional por la comisión del delito más abominable: el delito de genocidio”. Este se define como una acción “premeditada, intencional y sistemática de exterminar al pueblo palestino y su identidad étnica, física y cultural con sus aviones y tanques”.

Se afirma, además, que el uso del hambre como arma de guerra constituye un acto de genocidio, conforme al numeral 3 de la Convención Internacional de Prevención y Sanción del Delito de Genocidio de 1948, ya que implica “privar a la población civil de los suministros básicos para la sobrevivencia y evitar la muerte por inanición”.

Finalmente, se insta al respeto por la memoria de los miles de víctimas civiles palestinas inocentes, advirtiendo que, de lo contrario, podría ser declarado “persona non grata”.

Dra. Teresa Chomali Kikaly
Fundadora Médicos por Palestina

Nuestra sección de OPINIÓN es un espacio abierto, por lo que el contenido vertido en esta columna es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial de BioBioChile