Señor director:

A propósito de las denuncias interpuestas recientemente por el Sernac en contra de algunas cadenas de supermercados y de retail, a raíz de la solicitud de boletas que acrediten la compra, cabe recordar que la Ley sobre Protección de los Derechos de los Consumidores exige que se resguarde la dignidad de los consumidores en todo momento y, en particular, en la utilización de sistemas de guardias de seguridad.

Sobre este punto cabe señalar que existe otra conducta cuya licitud es aún más dudosa y que dice relación con la implementación de ciertos mecanismos preventivos al entrar a los locales comerciales.

Me refiero a la exigencia de cerrar bolsas o carteras con huinchas o bien de dejarlas en una custodia como requisito para entrar a los espacios de consumo.

Si bien, ellas tienen como objetivo evitar que la empresa sufra hurtos de las mercaderías que expende, al mismo tiempo implican la sospecha de que quienes ingresamos al local somos potenciales delincuentes, rompiéndose la presunción inicial de inocencia de la que todos deberíamos gozar.

En efecto, no se ve de qué forma el solo hecho de ingresar a un local constituiría un indicio de la eventual comisión de un delito por parte del consumidor.

Erika Isler
Académica Facultad de Derecho
Universidad Autónoma

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