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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Corporación Municipal de Educación y Salud de Renca deberá pagar cerca de $14 millones a una extrabajadora despedida injustamente con el argumento de falta de probidad, tras un viaje al extranjero durante una licencia médica, según detalla fallo del juez Álvaro Flores. La demandante argumentó que las licencias eran parciales y el viaje estaba programado antes.

La Corporación Municipal de Educación y Salud de Renca deberá pagar cerca de $14 millones a una extrabajadora que los demandó por despido injustificado, tras ser desvinculada por falta de probidad, luego de que un informe de la Contraloría señalara que viajó al extranjero mientras se encontraba con licencia médica.

El fallo, dictado por el juez Álvaro Flores del 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago y publicado en el Poder Judicial, detalla que la mujer prestaba servicios bajo subordinación y dependencia para dicha corporación desde el 31 de mayo de 2010.

La demandante se desempeñó como auxiliar de servicios en varios colegios de la comuna y, en los últimos nueve años, estuvo en la Escuela N°314 Capitán José Luis Araneda.

Luego de 15 años de relación laboral, la trabajadora estuvo en reposo y licencias médicas durante varios meses de 2024 y 2025 por una hepatitis farmacológica.

Posteriormente, el 28 de mayo de 2025 fue despedida por falta de probidad, ya que el empleador aludió al informe de Contraloría que señaló que la mujer viajó a Brasil entre el 4 y el 14 de octubre de 2024, mientras estaba con licencia médica y recibía el 100% de su remuneración.

Por su parte, la demandante argumentó que es falso que gozó de una licencia de 30 días continuos, pues eran parcializadas de 15 días. En tanto, sobre el viaje al extranjero, declaró que estaba programado desde mayo de 2024 y que las fechas coincidieron con su reposo médico, “sin que existiera dolo o ánimo de defraudar al empleador ni a FONASA“.

Justicia acoge demanda por despido injustificado de extrabajadora de corporación de Renca

La resolución del tribunal precisa que la controversia en el caso radicó en la causal de falta de probidad aplicada, debido a las diversas interpretaciones del hecho basal: el viaje al extranjero durante 10 días estando con licencia médica.

En ese sentido, el fallo concluye que el despido fue injustificado, pues la parte demandada, es decir, la corporación municipal, “omitió siquiera indagar sobre la infracción y sus circunstancias, infringiendo su propia normativa“.

Lo anterior hace alusión a que “la norma establece que las infracciones cometidas por los trabajadores que responden al Código del Trabajo directamente”. De este modo, las faltas se sancionan con amonestaciones, multa o término del contrato de trabajo, en función de la gravedad y las circunstancias atenuantes o agravantes acorde a los antecedentes.

Finalmente, el magistrado concluyó que se infringió “una cuestión de forma sustancial al derecho de la trabajadora a la determinación justa de la sanción, prevista en una norma vinculante para la empleadora”.

Por lo tanto, se hizo lugar a la demanda y se declaró injustificado el despido, por lo que deberán pagar $664.405 por indemnización sustitutiva del aviso previo de despido, $7.308.455 por indemnización correspondiente a años de servicios y $5.846.764, correspondiente a 80% de recargo sobre indemnización.

Incluso, la demandada fue condenada en costas por haber sido íntegramente vencida, regulándose las costas personales en $2 millones.