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La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la prisión preventiva para el alcalde Daniel Jadue (PC), investigado por delitos de corrupción relacionados con las farmacias populares. La fiscalía sostiene que su libertad es un peligro para la sociedad, descartando acusaciones de persecución política. La defensa apeló la medida cautelar argumentando la falta de antecedentes justificativos y mencionando la salud de la madre del imputado.
Tras la apelación de la defensa, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la prisión preventiva para el alcalde Daniel Jadue (PC), quien está siendo investigado por delitos de corrupción.
Recordemos que, desde el lunes de la semana pasada, el jefe comunal de Recoleta está en prisión preventiva tras ser imputado por diversos ilícitos asociados a las farmacias populares.
En concreto, se le acusa de administración desleal, estafa, cohecho, delito concursal y fraude al fisco.
La fiscalía Metropolitana Centro Norte sostuvo en que su libertad es un peligro para la seguridad de la sociedad. “Los antecedentes dan cuenta de la comisión de los delitos y de la participación de los imputados Jadue y Muñoz en estos hechos”, señaló el fiscal jefe Marcelo Cabrera, Fiscalía Centro Norte.
Asimismo, descartó “de plano” una presunta persecución política contra el jefe comunal, como lo acusan desde el Partido Comunista.
Cabe mencionar que la defensa de Jadue apeló dicha medida cautelar solicitada por la Fiscalía Centro Norte y que fue acogida por el Tercer Tribunal de Garantía de Santiago.
Lo anterior, bajo el argumento de que “no existen antecedentes calificados” para justificar la prisión preventiva. Así como también, apuntaron a las enfermedades que padece la madre del imputado.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
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dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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