El procedimiento sancionatorio se sustenta en el incumplimiento de las condiciones establecidas y el impacto ambiental no previsto, consistente en el ruido inducido por vibraciones de la Línea 3 de Metro de Santiago.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio a través de una formulación de cargos contra la Empresa de Transportes de Pasajeros Metro S.A., por su proyecto de Línea 3 que se extiende por seis comunas de la región Metropolitana.

El proyecto cuenta con cuatro resoluciones de calificación ambiental dictadas por la Comisión de Evaluación Ambiental de la RM para sus 4 etapas de construcción, que tienen relación con piques y galerías; túneles, estaciones, talleres y cocheras; modificación ubicación ventilaciones forzadas; y obras en accesos a la estación Universidad de Chile.

La formulación de cargos fue clasificada como Grave, y se sustenta en el incumplimiento de las condiciones, normas y medidas dispuestas por no adoptar las acciones necesarias para controlar ni hacerse cargo del impacto ambiental no previsto por el ruido inducido por vibraciones que genera el funcionamiento de la Línea 3.

A partir de los resultados de las distintas actividades de fiscalización realizadas por la Superintendencia, se concluyó que existe una condición de excedencia en el ruido.

En detalle, estas vibraciones ocurren entre las estaciones Plaza Egaña y Fernando Castillo Velasco, y en viviendas que se encuentran sobre la zona.

El funcionamiento de esta línea considera un impacto ambiental no previsto, en donde el ruido inducido por vibraciones pone en riesgo la salud de las personas.

SMA y Metro: 117 veces superó el límite

Dentro de las fiscalizaciones se constató que en al menos 117 oportunidades se superó el límite establecido en la guía de la Administración Federal de Transporte (Federal Transit Administration o FTA, en inglés).

Si bien Metro habría implementado la reducción de velocidad, seguimiento semanal de vibraciones, control de geometría de rueda, implementación de maniobras operacionales y relacionamiento comunitario, estas acciones no fueron suficientes.

Con respecto a las infracciones, estas pueden resultar en la revocación de la resolución de calificación ambiental, clausura o multa de hasta 5.000 UTA (equivalente a más de 3.700 millones de pesos).