Por vulneración de garantías, el tribunal resolvió excluir de las pruebas del Ministerio Público un video grabado por un carabinero infiltrado en la causa en contra de Daniel Fuentes Baeza, imputado por lanzar molotov a efectivos policiales durante el aniversario del denominado estallido social en Santiago. Se argumentó que los funcionarios no tenían autorización de un juez para realizar dicha función.

El Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago excluyó toda la prueba de cargo del Ministerio Público en contra de imputado por lanzamiento de molotov a efectivos policiales en una manifestación en Santiago. Entre ellas está un video grabado por un carabinero infiltrado.

Así lo resolvió el juez Daniel Urrutia respecto de la prueba que tenía la Fiscalía Centro Norte en contra del imputado Daniel Fuentes Baeza, formalizado por el lanzamiento de bombas molotov a carabineros durante manifestación por el aniversario del denominado estallido social en Santiago.

El tribunal acogió el requerimiento de la defensa del imputado, la que argumentó que los registros fueron grabados por un carabinero infiltrado en la manifestación de 2021.

Por tanto, se excluyó toda la prueba de cargo por vulneración de garantías, entendiendo que los funcionarios de civil (intramarchas) requieren autorización de un juez para poder actuar, lo que no fue solicitado.

En concreto, se incumplió lo dispuesto en el Artículo 83 del Código Procesal Penal que norma las actuaciones autónomas de las policías.

El abogado Arturo Vergara explicó que el requerimiento surge porque “esta causa se genera por la actuación de un funcionario del 0S9 de Carabineros, del grupo intramarcha, que vestido de civil se infiltró, se apostó al interior de la manifestación por órdenes que había recibido desde su jefatura”.

De esa forma, comienza a seguir a los participantes de la protesta y capta al acusado lanzando la molotov.

Vergara reveló que la grabación fue enviada por WhatsApp a funcionarios que también estaban de civil y a otros con uniforme, concretándose horas más tarde la detención del implicado.

“La actuación del funcionario adolece de ilicitud y, por lo mismo, toda la prueba que se genera de esa actuación también se ve contaminada por ese vicio”, agregó.

Desde que fue formalizado el imputado estaba en prisión preventiva, medida cautelar que se revocó hace pocos días.

Según se retrata en la querella, el imputado fue sorprendido entre Alameda con Avenida Portugal por personal del OS9 de Carabineros, quienes lo firmaron lanzando artefactos incendiarios contra personal de Control de Orden Público. Posteriormente a ello, lo siguieron y lo detuvieron.

Es preciso indicar que la Fiscalía y el querellantes tienen un plazo para apelar a la resolución del tribunal en la Corte de Apelaciones.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)