El 11º Juzgado de Garantía de Santiago amplió el plazo de investigación de la causa por la bomba que explotó en la 54º Comisaría de Huechuraba y al artefacto enviado a Rodrigo Hinzpeter, luego que Francisco Solar confesara su participación.

Tras la declaración del anarquista Francisco Solar, quien confesó el envío de un artefacto explosivo al exministro del Interior, Rodrigo Hinzpeter, y a una comisaría; el 11º Juzgado de Garantía de Santiago amplió a 60 días más el plazo investigación en su contra.

Según la investigación de la Fiscalía Sur, Solar y Mónica Caballero fueron formalizados por el envío de artefactos explosivos entre 2019 y 2020.

En concreto, se les atribuyó el enviar desde Correos de Chile una bomba a la 54º Comisaría de Huechuraba -la que hirió a ocho carabineros- y otro artefacto explosivo a la oficina de Hinzpeter en Las Condes. Esta última alcanzó a ser desactivada por el GOPE.

Asimismo, hay un tercer hecho que se le imputó a ambos que corresponde a la colocación de dos artefactos explosivos en el edificio Tánica de Vitacura, en febrero de 2020.

Solar declaró a la Fiscalía Sur que, tras irse de Santiago en 2017, planteó realizar acciones subversivas para luchar “contra un sistema avasallador sustentado en la autoridad y la depredación” mediante la acción violenta revolucionaria.

El imputado señaló que “me puse a pensar en algún objetivo, teniendo claro que si iba a asumir un riesgo grande, la acción a realizar debía ser potente”.

En conversación con La Radio, el fiscal Claudio Orellana aseguró que por la declaración y otras diligencias pendientes se amplió el plazo de investigación.

Solar y Caballero fueron condenados por la instalación de un aparato explosivo en la Basílica Nuestra Señora del Pilar, en Zaragoza. Tras cumplir la condena, fueron expulsados de Europa y llegaron a nuestro país.

Actualmente se mantienen en prisión preventiva.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)