La Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó el recurso de protección que interpuso la empresa Desarrollo Inmobiliario Bellavista S.A. en contra de la Municipalidad de Recoleta.

Esto a partir de que la obra ubicada en la calle Dardignac n°44 citada en un oficio por la Dirección de Obras Municipales de Recoleta en 2018, fue omitido su pronunciamiento sobre la solicitud de recepción definitiva de la obra.

En 2019, finalmente fue rechazada la solicitud de recepción definitiva y emitido una orden de demolición de las construcciones ubicadas allí.

La decisión sigue la línea de argumentación permanente de la sala, en el sentido de no entrar al fondo de las cuestiones cuando existen recursos jurisdiccionales pendientes.

Así, señala en su dictamen que al estar pendientes de tramitación las reclamaciones que se indican en el recurso, no se pronunciará sobre el fondo del asunto planteado por la vía de la protección, por ser improcedente.

En un fallo unánime, la sala -integrada por las ministras Ángela Vivanco, Adelita Ravanales y Eliana Quezada, el ministro Mario Carroza y el abogado integrante Álvaro Quintanilla-, se señalaron que:

La Tercera Sala teniendo presente lo reseñado, “no existe medida que esta Corte pueda adoptar, considerando que se encuentran los actos recurridos reclamados de ilegalidad actualmente en tramitación, por lo que no puede sino, rechazarse la presente acción. Por estas consideraciones, se confirma la sentencia apelada de fecha diecisiete de septiembre de dos mil veinte, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago”.

La Corte de Apelaciones de Santiago ya había rechazado, en septiembre pasado el recurso de protección presentado por la misma inmobiliaria en contra de la mencionada municipalidad por las actuaciones reseñadas.