El 7° Juzgado de Garantía de Santiago informó las medidas cautelares contra los ocho formalizados en la investigación por amenazas en contra de la fiscal de Alta Complejidad Ximena Chong.

Del total de los acusados, sólo uno quedó en prisión preventiva, correspondiente a quien tenía una UZI en su domicilio. El resto, en tanto, quedó con firma mensual y prohibición de acercarse a la víctima y su familia.

La jueza Tatiana Escobar indicó que se logró establecer que siete de los ocho imputados salieron de una oficina en Las Condes con dirección a la casa de la persecutora para luego entregarle la carta con amenazas.

Argumentó que se trató de una acción planificada y que reviste un hecho de mayor gravedad, al tratarse de acciones en contra de una fiscal de la república.

De igual forma, también se logró determinar que los antecedentes son suficientes para acreditar la infracción a la ley de armas.

En base a esos antecedentes y su intachable conducta anterior, se rechazó la cautelar de prisión preventiva contra siete de los acusados al considerar que es una medida desproporcionada.

Resolución diferente respecto al imputado que tenía una UZI, quien quedó en prisión preventiva al considerar que su libertad representa un peligro para la sociedad.

Se trata de Pablo Elías Martínez Castro, quien sin contar con la debida autorización tenía en su domicilio de Quinta Normal una subametralladora marca IMI ISRAEL, calibre 9mm, con su respectivo cargador y 17 cartuchos calibre 9mm, sin percutar.

El resto de los acusados en la investigación son: Gabriel Jara Vivanco, Daniel Goldberger Garcés, Solange Aravena Méndez, Paula Narváez Orrego, Osvaldo Urcola Díaz-Valdés, Benjamín Morelos y Fernando Hasler Martínez.

En la instancia se fijaron 90 días para la investigación de la causa.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)