En prisión preventiva quedaron dos carabineros formalizados por el delito de tortura al interior de la 43° Comisaría de Peñalolén, en el marco del denominado estallido social.

El tercero, en tanto, quedó con las medidas cautelares de arresto domiciliario total, arraigo nacional y prohibición de acercarse a las víctimas.

En concreto, la Fiscalía Regional Metropolitana Oriente formalizó a Sebastián González y Juan Pablo Leiva por torturas, y a Carlos Fuenzalida por apremios ilegítimos.

Hechos que afectaron a seis personas, dos adultos y cuatro menores de edad, que estaban detenidas tras desórdenes el 20 de octubre.

Las diligencias permitieron descartar la denuncia original que daba cuenta de una presunta crucifixión en las dependencias.

Pruebas de la Fiscalía

Según expuso el fiscal Miguel Ángel Orellana, las víctimas fueron puestas en fila mirando a la pared, con las manos atrás, siendo golpeados en reiteradas ocasiones, e incluso, a uno de ellos, le habrían puesto polvo lacrimógeno en el rostro.

En ese contexto, exhibió imágenes de menores de edad golpeados, los que estuvieron una hora con los brazos arriba contra la pared.

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De igual forma, se presentaron fotografías de las agresiones ocurridas en el calabozo de la 43° Comisaría de Peñalolén.

El abogado defensor Carlos Guerra, que representa a uno de los imputados, afirmó que para él, el tipo penal de tortura no se configura, y que ese ilícito es subjetivo porque cada persona lo siente distinto.

La jueza del 13° juzgado de Garantía de Santiago, Natacha Ruz, quien envió a los imputados a Santiago 1, enfatizó que su actuar es reprochable y contrario a nuestra legislación.

El tribunal estableció que la libertad de los primeros representa un peligro para la seguridad del Estado.

Se fijaron 100 días para la investigación y ambos uniformados deberán cumplir la medida cautelar en Santiago 1.