La tercera sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de amparo que fue presentado por la defensa de un hombre que violó y asesinó a una niña de cuatro años en 1998 en la comuna de Hualañé, región del Maule.

Cristian Vilos Valenzuela, conocido como el “Chacal de Hualañé”, fue condenado en 1999 en primera instancia a pena de muerte, pero posteriormente fue rebajada en segunda instancia a presidio perpetuo. En esta oportunidad, su defensa estaba buscando que le otorgaran la libertad condicional.

Cuando la pena de muerte se derogó del Código Penal chileno en 2001, se comenzó a distinguir entre presidio perpetuo calificado y simple. El primero permite postular a beneficio de libertad condicional tras 40 años de prisión, y el segundo luego de 20 años. Sin embargo, como Vilos Valenzuela fue condenado antes de esta modificación legal, su pena se computa conforme a las normas vigentes a esa fecha, pudiendo postular a la libertad condicional tras 20 años.

Desde la Fundación Amparo y Justicia, quienes han apoyado a la familia hace dos décadas, valoraron esta decisión, ya que entrega tranquilidad. “Podrán continuar con su proceso de reparación con la certeza de que el agresor cumplirá de forma efectiva su condena”, indicó el director Alejandro Espinoza.

Este rechazo se suma al que realizó en octubre la Comisión de Libertad Condicional de la región Metropolitana, quienes consideraron su escasa posibilidad de reinserción por sus antecedentes conductuales y de personalidad psicopática.