El Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago condenó a la empresa Administradora de Supermercados Híper Limitada a pagar una indemnización de un millón de pesos a una promotora que fue víctima de una agresión sexual al interior de un local de la cadena.

En el fallo, la magistrada Susana Rodríguez Muñoz acogió la demanda deducida por la trabajadora que fue abusada sexualmente, en febrero de 2015, por el jefe de seguridad del supermercado Líder de calle Santa Amalia, en La Florida.

De acuerdo al fallo, la afectada “fue encerrada en la Sala de Cámaras de Vigilancia por este último, lugar en el cual sufrió tocaciones por parte del mismo y actos de significación sexual, logrando escapar del lugar luego de aproximadamente 40 minutos. Además, en la Sala de Cámaras de Vigilancia -donde ocurrieron los hechos descritos- no existían cámaras de seguridad en su interior, teniendo su puerta una chapa eléctrica que no tenía manilla, pudiendo abrirse desde su interior sólo con una llave o con un pulsador eléctrico desde el panel de control de guardia”.

En tanto, el tribunal determinó que ese último punto no cumple con el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo del Ministerio del Trabajo.

De paso, la resolución también afirma que, “si bien la demandada no es empleadora de la demandante, lo cierto es que ésta se encontraba desempeñando funciones suministradas por un tercero en dependencias de la demandada, por lo cual le resulta aplicable la infracción”, sobre todo porque en su respuesta “la empresa reconoce que, después de lo ocurrido, una de las medidas que tomará será colocar cámaras de seguridad en el lugar en que ocurrieron los hechos, lo cual fue declarado tanto por el jefe de Seguridad como por el subadministrador o gerente de local subrogante”.