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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Corte de Apelaciones de Talca ha acogido el recurso de no innovar de un deudor del CAE contra la Tesorería General de la República, deteniendo así el cobro. El demandante argumentó que la medida era desproporcionada y afectaría gravemente su situación económica y la de su familia, ya que más de la mitad de sus ingresos se destinan a pensiones de alimentos y dividendos.

Este martes, la Corte de Apelaciones de Talca acogió el recurso de no innovar presentado por un deudor del Crédito con Aval del Estado (CAE) en contra de la Tesorería General de la República, deteniendo el cobro.

Lo anterior, según el recurso presentado por el afectado, porque proceder con la medida “resulta desproporcionada y amenaza gravemente mi estabilidad económica y la de mi grupo familiar”.

Según el recurrente, más de la mitad de sus ingresos ($1.6 millones) se van en responsabilidades legales (pensiones de alimentos) y dividendos, por lo que proceder con el cobro o embargo, traería un perjuicio importante.

Al revisar los antecedentes, la Corte de Apelaciones decidió acoger el recurso, obligando a la TGR a “no innovar” (es decir, detener cualquier tipo de cobro).

Además, ahora la TGR tiene un plazo de 8 días para presentar los antecedentes necesarios que hagan válida la órden de embargo.