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La defensa de Agustín Saavedra presentó un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Chillán por la prisión preventiva por el homicidio de Cristóbal Miranda. Se argumenta que la Corte de Apelaciones de Concepción mantuvo la privación de libertad de manera desigual, comparada con otros imputados en arresto domiciliario. El abogado defensor Andrés Cruz señala que existen nuevos antecedentes en la investigación que exculparían a Saavedra, no considerados por la Corte penquista. Las pruebas incluyen declaraciones de testigos que variaron sus versiones.
Un recurso de amparo presentó ante la Corte de Apelaciones de Chillán la defensa de Agustín Saavedra, quien cumple la cautelar de prisión preventiva por el homicidio de Cristóbal Miranda.
Esta acción denuncia como ilegal un fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción que mantuvo la privación de libertad del joven, argumentando no solo un trato desigual respecto de otros imputados que quedaron con la cautelar de arresto domiciliario.
El abogado defensor, Andrés Cruz, explicó que también el amparo se sustenta en los nuevos antecedentes que existen en la investigación y que eximirían de responsabilidad a su representado, antecedentes no considerados por la Corte de Apelaciones penquista.
“Son un cumulo de nuevas declaraciones que aparecen consignadas en dos informes policiales. Hay que recordar que aquí la investigación se encargó al OS9 de Carabineros, pero también la Brigada de Homicidios”, argumentó.
A ello, sumó: “Es decir, tenemos declaraciones realizadas por los mismos testigos que fueron vertidas en dos oportunidades y sin perjuicio de varias versiones por testigos que habían declarado al momento que se decretó la prisión preventiva, pero que fueron variando a través de nuevas versiones que se fueron incorporando”, dijo.
La prisión preventiva de Saavedra fue revisada y mantenida por el Juzgado de Garantía, resolución confirmada después por la Corte de Apelaciones penquista, aunque con el voto en contra del ministro Rodrigo Cortés, quien sí admitió esas nuevas pruebas como favorables para el imputado.
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