En específico, a quien ahora esperará el juicio respectivo en prisión preventiva se le acusa de haber entregado el arma homicida a Maximiliano López Hahn.

En la cárcel esperará el juicio por el homicidio del DJ Diego Herrera, quien es sindicado por el Ministerio Público como cómplice en el crimen cometido por Maximiliano López.

La resolución contra Fernando Solar fue dictada por la Corte de Apelaciones, al revocar el arresto domiciliario y decretar como medida cautelar la prisión preventiva del acusado.

Fue hace una semana que el Juzgado de Garantía de Concepción había rechazado la solicitud de la Fiscalía y de los querellantes, quienes argumentando incumplimientos del arresto domiciliario pidieron la prisión preventiva.

La resolución fue apelada a la Corte penquista, que tras escuchar los argumentos planteados estimó que los antecedentes efectivamente permitían ordenar que Fernando Solar vaya a la cárcel y espera tras las rejas el juicio por el asesinato de Diego Herrera.

Su padre, Carlos Herrera, se manifestó complacido con el cambio de la cautelar, medida que venían pidiendo desde el año pasado.

En la decisión de la Corte de Apelaciones incidió no sólo los incumplimientos del arresto domiciliario, sino también los 10 años de cárcel que está solicitando el Ministerio Público en la acusación por el homicidio, según subrayó el abogado de la familia Herrera, Ricardo Guevara.

El abogado defensor, Marcelo Villena, no escondió en tanto su malestar con el fallo, destacando la colaboración de su cliente con la investigación y además el que Fernando Solar asegure que no ha incumplido el arresto en su casa.

En el caso está acusado como autor material del crimen Maximiliano López Hahn, a quien Solar entregó el arma homicida, arriesgando 25 años de cárcel como pena.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)