Este viernes se oficializó la atención a través del nombre social para los y las usuarias trans en toda la red de salud de la provincia de Bío Bío.

Se trata de una medida aparte a la promulgación de la Ley de Identidad de Género, ya que aquella normativa se efectúa a través del Registro Civil, cambiando el nombre de pila y el sexo en la cédula de identidad y en los diferentes documentos.

Mientras que la medida aplicada a través del Servicio de Salud de la provincia de Biobío, consiste en permitir que las personas sean tratadas por su nombre social cuando asisten a los diferentes recintos hospitalarios de la zona.

La subdirectora médica de la entidad, doctora Beatriz Martínez, explicó el trabajo previo que se ha hecho en torno a esta materia.

Las labores se remontan a 2018 con sensibilización a los funcionarios, en tanto, durante 2019 se capacitó a quienes trabajan en admisiones tanto de la atención abierta, como el pensionado y urgencias.

La enfermera asesora de la Unidad de Calidad del Hospital de Los Ángeles, María Alonso, puntualizó que generalmente el nombre social se utiliza luego del nombre de pila, sin embargo, en el recinto será al revés.

“Para nosotros el nombre social va en primer lugar, entre paréntesis, y después viene el nombre legal de la persona, va a ser más significativo al momento de verlo, nos vamos a asegurar que el paciente sea tratado en todo momento con su nombre social”, aseguró.

La profesional indicó que ya habrían registrado a algunos usuarios que solicitaron el cambio en su identificación para ser atendidos.

Maximiliano Balboa, quien es psicólogo en Atención Primaria de Salud en Los Ángeles, agregó que a pesar del trabajo que se ha realizado el último tiempo, el avance ha sido lento.

Si bien la ley 21.120 permite solicitar la rectificación del nombre de pila y sexo en el Registro Civil desde los 14 con un tutor legal, y a los 18 de manera individual, el cambio de nombre social en la red asistencial permite hacerlo antes de los 14, siempre que sea con un tutor legal, dando espacio a los menores o adolescentes para que sean reconocidos dentro de los registros electrónicos con el nombre que los identifique.