En Quillota, región de Valparaíso, un hombre —identificado como Ricardo Del Carmen Zamora Valdés (65)— fue condenado a presidio perpetuo como autor de femicidio íntimo en contra de su pareja de 22 años.
El hecho ocurrió en el año 2023, específicamente la madrugada del 15 de agosto, al interior de una vivienda ocurrida en el sector de Villa Lorca.
Según relató el fiscal jefe de Quillota, César Astudillo Ibaceta, durante el juicio, todo ocurrió cuando el hombre se trasladó hasta el dormitorio “donde realizó accesos carnales” a la víctima, causándole diversas lesiones.
“Luego, efectuó maniobras de estrangulamiento manual en el cuello de la víctima, además de acciones de asfixia, provocándole lesiones en distintas partes del cuerpo (…) las que provocaron su fallecimiento en el lugar”, agregó.
Según se expuso, tras causar la muerte de la joven, el acusado trasladó el cuerpo al baño para lavarlo, lo regresó a la cama y luego de varias horas alertó a vecinos pidiendo ayuda, como una forma de desvincularse de su participación.
“Sabía que la joven a quien atacaba era dependiente de las drogas y del alcohol, de modo que, conforme dieron cuenta las pruebas periciales, estaba disminuida su capacidad de oponer resistencia, y aprovechando la confianza que le dio la víctima, la acometió”, explicó el persecutor.
En dicho contexto, el imputado se aprovechó de la condición de la joven para trasladarla hasta el dormitorio, para proporcionarle acciones con un ánimo homicida y en contra de la voluntad de la víctima, circunstancia que quedó acreditada a partir de las lesiones constatadas en su cuerpo. Lo que fue ratificado con la prueba de cargo, descartando la teoría del acusado, quien declaró en el juicio señalando que se le estaba acusando, solo por haber cometido una violación en años anteriores.
Presidio perpetuo para condenado por femicidio íntimo en Quillota
El Tribunal ponderó la prueba presentada por la Fiscalía, la que incluyó declaración de testigos, prueba pericial, documental y otros medios.
De esta manera, la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota condenó al acusado a la pena de presidio perpetuo, como autor del delito consumado de femicidio íntimo, según lo previsto y sancionado en el artículo 390 bis inciso segundo del Código Penal.
A ello se suma la pena de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, además de la inhabilitación absoluta para ejercer profesiones titulares mientras dure la condena.