El superintendente de Medio Ambiente, Cristián Franz, confirmó la tarde de este miércoles la formulación de cargos contra ENAP por la emergencia ambiental en Quintero y Puchuncaví.

De acuerdo a lo señalado por la autoridad, considerando la deteminación se tomó luego de “un proceso de investigación, que incluyó numerosas visitas de fiscalización a más de una decena de instalaciones del cordón industrial”.

Franz agregó que las emisiones registradas fueron de corta duración pero de alta intensidad, por lo que al presentarse los primeros síntomas de intoxicación en las personas, las emanaciones ya habían cesado, es decir dijo la autoridad, “ya no había evidencia”.

Por este motivo, y tras la nueva emergencia registrada, el superintendente manifestó que la entidad decidió formular cargos contra Enap, por la utilización del sistema de tratamiento de sus residuos industriales líquidos, en condiciones distintas a las aprobadas ambientalmente.

Esto implicó la exposición de grandes cantidades de hidrocarburos a la intemperie, que terminaron afectando la salud de los habitantes de Quinteros.

“El proceso sancionatorio significa que un fiscal instructor debe llevar adelante todas las diligencias, para confirmar la atribución de responsabilidades”, añadió.

Eso sí, Franz manifestó que “no está contemplado la paralización de faenas de ENAP”, la que tiene la opción de presentar toda clase de pruebas para desvirtuar las imputaciones.

Respuesta de ENAP

A través de un comunicado, ENAP rechazó “tajantemente” las imputaciones hechas por la Superintendencia del Medio Ambiente.

Asimsimo, la empresa adelantó que “ejercerá todas las acciones legales y derechos que le corresponden para demostrar que no tiene vinculación alguna con los hechos que se le imputan”.

Medidas de la Superintendencia

Previo al anuncio, el superintendente de Medio Ambiente aseveró que otras de las medidas será pedirles información a “Codelco y AES Gener con detalle horario de las últimas 72 horas respecto de la emisión de compuestos regulados tanto por la norma de fundiciones como de la de termoeléctricas”.

También el requerimiento a todos los establecimientos del cordón industrial, para proporcionar durante 30 días, en una primera etapa, toda la información relativa a sus condiciones de operación, posibles contingencias y reporte de emisiones atmosféricas.