El Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) resolvió suspender de sus funciones por 30 días al alcalde de Chillán, Camilo Benavente (PPD), por notable abandono de deberes.
Junto con ello, le aplicó una reducción del 50% de su sueldo, además de la prohibición de hacer uso de los derechos y prerrogativas de su cargo.
Según consignó el diario Crónica Chillán, la acusación fue interpuesta por los exconcejales Quenne Aitken, Joseph Careaga y Juan Pablo López, y en 27 capítulos se pedía la destitución de Benavente.
Ahora bien, el Tricel solo aplicó sanciones administrativas, ya que consideró que las “desprolijidades” encontradas no eran suficientes para destituirlo de su cargo.
Así, en su fallo aludió que el alcalde no cumplió con el deber de “supervigilancia por no supervisar la actividad del Administrador Municipal en la contratación de personal” y por la “infracción al principio de probidad administrativa, por no abstenerse de aprobar la contratación de su primo”.
A la lista se suma el “arriendo de inmuebles vía trato directo al omitir el llamado a licitación pública en contratos de arriendo de inmuebles” y el “incumplimiento del deber de supervigilancia en la concesión de áreas verdes por no supervisar la ejecución de la concesión de áreas verdes”.
Exconcejales valoran sanción contra alcalde de Chillán
Por último, tras conocerse el fallo del Tricel, Marcelo Brunet, abogado de quienes impulsaron la acusación, se mostró conforme y señaló que “nos han encontrado razón de que los actos son graves, son materias de falta de probidad y corresponden a un descuido en los deberes del alcalde”.
“El Tribunal Calificador tiene que enviar los antecedentes al Tribunal Electoral, lo que debiese ser en el curso de unos seis días hábiles más, y una vez que eso ocurra el Tribunal Electoral debe dictar el ‘cúmplase de la sentencia’, y desde el momento que se le notifica al alcalde, este debe comenzar a cumplir el fallo”, cerró.