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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La restricción vehicular continúa en la Región Metropolitana como parte del Plan de Gestión de Episodios Críticos del Ministerio del Medio Ambiente, aplicando restricciones a vehículos con sello verde y sin sello verde según sus patentes. En el interior del anillo Américo Vespucio, la prohibición se extiende a todos los autos sin sello verde. La multa por infringir esta restricción va desde 1 a 1,5 UTM y se puede solicitar una excepción con certificado médico.

La restricción vehicular continúa vigente en la Región Metropolitana como parte del Plan de Gestión de Episodios Críticos (GEC) del Ministerio del Medio Ambiente, una medida que busca disminuir los niveles de contaminación durante los meses de otoño e invierno. En esta jornada, los vehículos con sello verde inscritos antes del 1 de septiembre de 2011 no podrán circular si sus patentes terminan en los dígitos 8 y 9.

En tanto, los automóviles sin sello verde, las motocicletas inscritas antes del 1 de septiembre de 2010 y los buses de pasajeros sin sello verde deberán respetar la restricción si sus placas finalizan en 2, 3, 4 y 5.

Por su parte, los vehículos de carga, incluidas camionetas, sin sello verde tienen prohibición de circular dentro del anillo Américo Vespucio cuando sus patentes terminan en 2, 3, 4 y 5.

Cabe recordar que, a diferencia de lo que ocurre en el resto de la provincia de Santiago, al interior del anillo Américo Vespucio los automóviles, station wagons y similares sin sello verde tienen prohibición de circular durante la restricción, cualquiera sea el último dígito de su patente. La misma restricción aplica para las motocicletas anteriores al año 2002.

Para este jueves 23 de julio de 2026, la prohibición de circular rige entre las 07:30 y las 21:00 horas en la provincia de Santiago, además de las comunas de San Bernardo y Puente Alto.

¿Cuál es la multa por infringir la restricción vehicular?

La multa por infringir la restricción vehicular oscila entre 1 y 1,5 UTM ($71.649 y $107.473), aunque su valor final depende de los juzgados de policía local.

Los vehículos de personas con discapacidad, enfermedades crónicas o TEA podrán quedar exentos de la restricción vehicular siempre que cuenten con credencial o certificado médico que acredite la condición.

Para ello, requieren una autorización previa de la Seremi de Transportes, que pueden tramitar en https://cerofilas.subtrans.gob.cl/ si son personas naturales. Las personas jurídicas deben hacerlo a través del correo ofiparteseremitrm@mtt.gob.cl. Encuentra más información del procedimiento en la siguiente nota.

Por último, mencionar que la medida es fiscalizada por Carabineros, en conjunto con la Unidad de Fiscalización del Ministerio de Transportes y la Red de Cámaras de Televigilancia dispuesta en toda la RM.

Señalar que, en caso de decretarse pre-emergencia ambiental, se informarán los dígitos adicionales que se restringirán, según informa el Ministerio de Transportes.