El tribunal le impuso 13 años de cárcel por homicidio simple y otros 7 años más por lesiones graves gravísimas. Los magistrados impusieron la pena solicitada por el Ministerio Público tras considerar “la extensión del mal causado” por la condenada.

Aunque está privada de su libertad desde 2019, la reclusión de Bárbara Moreira Parra en el Complejo Penitenciario de Punta Arenas se prolongará por bastante tiempo más. Este sábado, el Tribunal Oral la condenó a 20 años de cárcel por homicidio simple y lesiones gravísimas.

Durante el juicio en su contra se pudieron acreditar los hechos ocurridos el 4 de agosto de 2019. Ese día, en horas de la madrugada, la imputada compartió bebidas alcohólicas junto a Andrés Navarro Leiva, con quien mantenía una relación sentimental informal, y con otro hombre más en un domicilio ubicado en la Población Río de la Mano de Punta Arenas.

En un momento de la noche, la acusada se retiró del inmueble junto a una amiga tras haber sido agredida por quien fue la víctima fatal. Ambas concurrieron a un pub y bebieron más alcohol.

Esa noche, la condenada decidió regresar a la casa donde había compartido con los hombres. Tomó un cuchillo metálico de la cocina y se dirigió a la habitación donde se encontraba su pololo. Le propinó seis estocadas en el hombro, pecho, abdomen, mano derecha y pierna izquierda.

Mientras la víctima fatal se desvanecía, la acusada se dirigió hacia una cama donde dormía el otro hombre y lo apuñaló por la espalda. Luego le propinó heridas cortopunzantes en el cuello y rostro, dejándole una cicatriz con la que tendrá que cargar por el resto de su vida.

Recalificación de un delito

La mujer fue imputada por dos delitos de homicidio, uno de ellos en grado de desarrollo frustrado.

El juicio en su contra se inició el 18 de marzo en el Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas. Fueron cerca de 19 testigos los que se sentaron en el estrado, y se exhibió abundante evidencia fotográfica y material, incluyendo el cuchillo utilizado.

Rendida la prueba, el tribunal resolvió condenarla por el asesinato de Navarro Leiva. Sin embargo, no dio por acreditada la intención de dar muerte a la víctima sobreviviente, por lo que el delito de homicidio frustrado se recalificó por lesiones gravísimas.

Aunque la fiscalía no pudo acreditar el doble homicidio, sí se acogieron sus solicitudes de pena. Los magistrados condenaron a Moreira Parra a 13 años de cárcel por homicidio simple y otros 7 años de prisión por la agresión a la segunda víctima.

Para asignar la pena, los jueces consideraron “especialmente la extensión del mal causado en cada caso”. Según la sentencia, por su extensión, los 20 años de la cárcel tendrán que cumplirse de manera efectiva en la cárcel pública de Punta Arenas.