El crimen ocurrió en la comuna de Panguipulli, región de Los Ríos, el 3 de noviembre de 2020.

La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó la sentencia de presidio perpetuo calificado contra un hombre que mató a su esposa propinándole más de 60 puñaladas, al interior de su vivienda ubicada en Panguipulli.

En un fallo unánime, la segunda sala del tribunal de alzada descartó algún error en la valoración de la prueba en la sentencia impugnada.

Esta última, fue dictada en su momento por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, que condenó a Alejandro Mauricio Cifuentes Salas a la pena de presidio perpetuo calificado, en calidad de autor del delito consumado de femicidio.

Según pudo acreditar el tribunal de primera instancia, la madrugada del 3 de noviembre del año 2020, Cifuentes Salas llegó hasta el domicilio de su cónyuge y utilizando un cuchillo le propinó 64 puñaladas en diversas partes de su cuerpo, lesiones que le provocaron la muerte.

Según la sentencia, el ataque se produjo en un contexto de violencia habitual y reiterada, especialmente psicológica, por parte del condenado hacia la víctima desde que contrajeron matrimonio.

La violencia ejercida contra ella consistió, entre otras cosas, en humillaciones, chantajes emocionales, la revisión constante de sus pertenencias personales y redes sociales e incluso la prohibición a la víctima de salir del domicilio común a reunirse con amistades o a desempeñar un trabajo.

Asimismo, la amenazaba con que, si lo denunciaba o lo dejaba, se suicidaría o incendiaría su casa.

Una vez conocida la sentencia, el abogado que defiende al condenado presentó un recurso de nulidad, intentando dejar sin efecto el juicio, el que fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Valdivia.

Además del presidio perpetuo calificado al que fue sentenciado, Alejandro Mauricio Cifuentes Salas deberá cumplir con la pena de 541 días de presidio por el delito de desacato, ya que el día en que cometió el crimen, debía estar cumpliendo las medidas cautelares de abandono del hogar común y prohibición de acercarse a la víctima.